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Artículo 384 del Código Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 23 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 384. Debe comprender el inventario aun las cosas que no fueren propias de la persona cuya hacienda se inventaría, si se encontraren entre las que lo son; y la responsabilidad del tutor o curador se extenderá a las unas como a las otras.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fallos que lo aplican

Se muestran 20 de 23 fallos, los más relevantes primero.

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