Preferencia concursal de los créditos por nulidad del despido
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 12548-2025 · 3 de julio de 2026
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 12548-2025
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Sentencia de reemplazo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 12548-2025 (3 de julio de 2026), confirma con declaración que los créditos por nulidad del despido no gozan de la preferencia del número 5 del artículo 2472 del Código Civil por no ser remuneración, sino de la del número 8, con su tope legal.
Resumen de Folium.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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