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Infracciones aduaneras: artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas

Tribunal Tributario y Aduanero de Arica y Parinacota · RIT IA-01-00003-2015 · 19 de febrero de 2015

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Arica y Parinacota
RIT
IA-01-00003-2015
RUC
15-9-0000171-9
Fecha
Materia
Artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
Desistimiento

Texto de la sentencia

Página 1 de 1 RUC: 15-9-0000171-9 RIT: IA-01-00003-2015 En Arica, a diecinueve de febrero de dos mil quince. Proveyendo el escrito del 18 de febrero de 2015, de fojas 15 y 15 vuelta, SE RESUELVE: A LO PRINCIPAL: Téngase Presente. AL PRIMER Y SEGUNDO OTROSÍ: Téngase por desistido del reclamo al actor, y por aceptado expresamente el desistimiento por la Dirección Regional de Aduanas de Arica y Parinacota, el que es acogido por este tribunal, poniéndose término al juicio. Archívese. AL TERCER OTROSÍ: Como se pide notifíquese a la institución reclamada, por correo electrónico a la dirección [email protected] e [email protected], conforme al artículo 127, inciso primero, de la Ordenanza de Aduanas. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por carta certificada y a la reclamada mediante su publicación íntegra en el sitio de Internet de este Tribunal, www.tta.cl, de conformidad a lo establecido en el artículo 127 de la Ordenanza de Aduanas. Dese aviso a las direcciones de correo electrónico registradas, por las partes que lo hayan solicitado de conformidad a lo establecido en el inciso quinto del artículo 127 de la Ordenanza de Aduanas. Déjese testimonio en el expediente y en el sitio en Internet del hecho de haberse efectuado la publicación y su fecha. Dictada por don: GUSTAVO MIRANDA ESPINOZA JUEZ SUBROGANTE Autoriza doña: JOCELYNE PARRA RIOS SECRETARIA SUBROGANTE Gustavo Marcel Miranda Espinoza Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez(S) Tribunal Arica y Parinacota Documento firmado electrónicamente por don/ña Gustavo Marcel Miranda Espinoza, el 19-02-2015. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 57409af4-ad2c-4f81-acd6-1d29aa8e3acd Timbre Electrónico mailto:[email protected] mailto:[email protected] http://www.tta.cl/ 2015-02-19T16:42:53-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.