Texto de la sentencia
RUC N°: 15-9-0001226-5
RIT N°: VD-01-00018-2015
Arica, diecinueve de Octubre de dos mil quince.
Proveyendo escrito de fecha 16 de Octubre de 2015 de fojas 28,
presentado por la parte reclamada, se resuelve:
Por cumplido lo ordenado.
No existiendo por parte del Servicio de Impuestos Internos,
Dirección Regional Arica y Parinacota, oposición al desistimiento de la
reclamación por Vulneración de Derechos presentada por el Abogado
Francisco Cataldo Araya en representación de Jesús Diosemar Paco
Tijutani E.I.R.L., con fecha 9 de Octubre de 2015 a fojas 20 de autos SE
RESUELVE:
Téngase por acogido el desistimiento.
Notifíquese la presente resolución al Servicio de Impuestos
Internos, mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio en
Internet de este Tribunal, www.tta.cl, de conformidad a lo establecido
en el inciso primero del artículo 131 bis del Código Tributario, y a la
parte reclamante mediante Carta Certificada, de conformidad a lo
establecido en el inciso tercero del artículo131 bis del Código
Tributario.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Jorge Eugenio Pohlhammer Doren, el 19-10-2015.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
784b4109-1534-415e-a9d1-1c4d8ba53922
Timbre Electrónico
Dese aviso a las direcciones de correo electrónico señaladas por
cada una de las partes al efecto, de conformidad al inciso quinto del
artículo 131 bis del Código Tributario.
Déjese testimonio en el expediente y en el sitio en Internet del
hecho de haberse efectuado la notificación y su fecha.
Dictada por don:
JORGE POHLHAMMER DOREN
JUEZ TITULAR
Autorizado por don:
GUSTAVO MIRANDA ESPINOZA
SECRETARIO ABOGADO
Jorge Eugenio Pohlhammer Doren
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal Arica y Parinacota
Documento firmado electrónicamente por don/ña Jorge Eugenio Pohlhammer Doren, el 19-10-2015.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
784b4109-1534-415e-a9d1-1c4d8ba53922
Timbre Electrónico
2015-10-19T15:49:30-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.