RUC: 16-9-00000400-0.
RIT: IA-01-00015-2016.
En Arica, a catorce de mayo de dos mil dieciséis.
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
PRIMERO: La resolución de 10 de mayo de 2016, que ordena:
“Para proveer, previamente constitúyase legalmente el mandato judicial, de que
habla el segundo otrosí de la presentación, dentro del plazo de tres días, bajo
apercibimiento de tenerse el reclamo por no presentado para todos los efectos
legales.”.
SEGUNDO: Que el plazo para cumplir con el requerimiento venció
el día 13 de mayo de 2016, sin que la reclamante lo cumpliera, procede ordenar
que se haga efectivo el apercibimiento declarando se tenga por no presentado el
reclamo.
TERCERO: Que, adicionalmente, el Acta N° 16, de 20 de abril de
2016, notificada con la misma fecha, tenía quince (15) días de plazo para ser
reclamada, esto es hasta el 07 de mayo de 2016.
CUARTO: Que, el reclamo fue presentado con fecha 09 de mayo
de 2016, es decir, un día después de vencido el plazo, por lo cual debe ser
declarado improcedente, al haber precluído el derecho a reclamar que tenía la
eventual infractora y así debe ser declarado.
Y VISTO, además, lo dispuesto en los artículos 117 y siguientes la Ordenanza de
Aduanas.
SE RESUELVE:
PRIMERO: Hágase efectivo el apercibimiento, téngase por no
presentado el reclamo.
SEGUNDO: No ha lugar al reclamo por extemporáneo.
Confírmase la multa aplicada mediante el Acta N° 016, de 20 de abril de 2016,
emitida por la Dirección Regional de Aduanas de Arica y Parinacota.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Jorge Eugenio Pohlhammer Doren, el 14-05-2016.
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Timbre Electrónico
Notifíquese el presente fallo a la ocurrente por medio de carta
certificada, dirigida al domicilio designado para los efectos del proceso y
publíquese su texto íntegro en el sitio en Internet de este Tribunal, www.tta.cl.
Dese aviso a la dirección de correo electrónico
[email protected].
Dictada por don:
JORGE POHLHAMMER DOREN.
JUEZ.
Autorizado por doña:
DANIELA SOTO CUADRA.
SECRETARIA ABOGADO (S).
Jorge Eugenio Pohlhammer Doren
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal Arica y Parinacota
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ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.