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Infracciones aduaneras: infracciones al artículo 4 de la ley 19.913

Tribunal Tributario y Aduanero de Arica y Parinacota · RIT IA-01-00015-2016 · 14 de mayo de 2016

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Arica y Parinacota
RIT
IA-01-00015-2016
RUC
16-9-0000400-5
Fecha
Materia
Infracciones al artículo 4 de la ley 19.913
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
No presentado

Texto de la sentencia

RUC: 16-9-00000400-0. RIT: IA-01-00015-2016. En Arica, a catorce de mayo de dos mil dieciséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: La resolución de 10 de mayo de 2016, que ordena: “Para proveer, previamente constitúyase legalmente el mandato judicial, de que habla el segundo otrosí de la presentación, dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento de tenerse el reclamo por no presentado para todos los efectos legales.”. SEGUNDO: Que el plazo para cumplir con el requerimiento venció el día 13 de mayo de 2016, sin que la reclamante lo cumpliera, procede ordenar que se haga efectivo el apercibimiento declarando se tenga por no presentado el reclamo. TERCERO: Que, adicionalmente, el Acta N° 16, de 20 de abril de 2016, notificada con la misma fecha, tenía quince (15) días de plazo para ser reclamada, esto es hasta el 07 de mayo de 2016. CUARTO: Que, el reclamo fue presentado con fecha 09 de mayo de 2016, es decir, un día después de vencido el plazo, por lo cual debe ser declarado improcedente, al haber precluído el derecho a reclamar que tenía la eventual infractora y así debe ser declarado. Y VISTO, además, lo dispuesto en los artículos 117 y siguientes la Ordenanza de Aduanas. SE RESUELVE: PRIMERO: Hágase efectivo el apercibimiento, téngase por no presentado el reclamo. SEGUNDO: No ha lugar al reclamo por extemporáneo. Confírmase la multa aplicada mediante el Acta N° 016, de 20 de abril de 2016, emitida por la Dirección Regional de Aduanas de Arica y Parinacota. Documento firmado electrónicamente por don/ña Jorge Eugenio Pohlhammer Doren, el 14-05-2016. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 6e01c1e0-d407-41da-8a30-f13d743a660b Timbre Electrónico Notifíquese el presente fallo a la ocurrente por medio de carta certificada, dirigida al domicilio designado para los efectos del proceso y publíquese su texto íntegro en el sitio en Internet de este Tribunal, www.tta.cl. Dese aviso a la dirección de correo electrónico [email protected]. Dictada por don: JORGE POHLHAMMER DOREN. JUEZ. Autorizado por doña: DANIELA SOTO CUADRA. SECRETARIA ABOGADO (S). Jorge Eugenio Pohlhammer Doren Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal Arica y Parinacota Documento firmado electrónicamente por don/ña Jorge Eugenio Pohlhammer Doren, el 14-05-2016. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 6e01c1e0-d407-41da-8a30-f13d743a660b Timbre Electrónico http://www.tta.cl/ 2016-05-14T11:59:19-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.