Texto de la sentencia
RUC N°: 23-9-0001121-3
RIT N°: VD-01-00029-2023.
DIAZ VIDAL con SNA
Arica, veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés.
Proveyendo escrito de fojas 11, presentado en la Oficina Judicial
Virtual de este tribunal el día 19 de diciembre de 2023, a las 17:19 horas, según
da cuenta el Certificado de envío y recepción N° 210982 de fojas 12, por la
abogado Mirta Ossandon Chacón en representación de don Carlos Diaz Vidal, SE
RESUELVE:
Téngase por desistido del reclamo de autos
Notifíquese a la parte reclamada, por correo electrónico a la
dirección previamente registrada y al reclamante por medio de la publicación de su
texto íntegro en el sitio en Internet de este Tribunal, www.tta.cl, conforme al
artículo 127 de la Ordenanza de Aduanas. Asimismo, dese aviso a la dirección de
correo electrónico registrada a la parte que lo haya solicitado.
Déjese testimonio en el expediente y en el sitio en Internet del
hecho de haberse efectuado la publicación y su fecha.
Dictada por don:
Jorge Pohlhammer Doren
Juez Titular
Autoriza doña:
Daniela Soto-Cuadra Presley
Secretaria Abogado Suplente
Jorge Eugenio Pohlhammer Doren
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal Arica y Parinacota
Documento firmado electrónicamente por don/ña Jorge Eugenio Pohlhammer Doren, el 21-12-2023.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
4bf0c53e473a404bb787f8d4556bf7d0
Timbre Electrónico
2023-12-21T11:42:15-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.