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Reclamo aduanero: otras actuaciones base tributos

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00026-2013 · 28 de marzo de 2013

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
GR-10-00026-2013
RUC
13-9-0000292-5
Fecha
Materia
Otras actuaciones base tributos
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas

Texto de la sentencia

Concepción, veintiocho de marzo de dos mil trece. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a fojas 19 y siguientes, comparece don Juan Miguel Abarca Aguad, en representación de don Carlos Patricio Zulueta Govoni, y a SIMMA S.A., interponiendo reclamación en contra del Oficio 39-2013, emitido por la Dirección Nacional de Aduanas. SEGUNDO: Que, en su escrito de reclamo no acompaña copia de la actuación que se reclama, incumpliendo el artículo 123 N°3 de la Ordenanza de Aduanas, el que al efecto dispone: “Artículo 123: La reclamación deberá cumplir con los siguientes requisitos: 3º. Presentarse acompañada de los documentos en que se funde, excepto aquellos que por su volumen, naturaleza, ubicación u otras circunstancias, no puedan agregarse a la solicitud.” TERCERO: Que, a fin de subsanar tal omisión, este Tribunal, a fojas 22, le fijó un plazo de cinco días, bajo el apercibimiento de tener el reclamo por no presentado. CUARTO: Que, a fojas 24 rola el certificado del Secretario de este Tribunal de que la parte reclamante no dio cumplimiento a lo ordenado en esta causa dentro del plazo señalado, por tanto, cabe hacer efectivo el apercibimiento decretado a fojas 22. SE RESUELVE: Hágase efectivo el apercibimiento decretado a fojas 22, y téngase por no interpuesto, para todos los efectos legales, el reclamo rolante a fojas 19 y siguientes, interpuesto por don Juan Miguel Abarca Aguad, en representación de don Carlos Patricio Zulueta Govoni, y de SIMMA S.A., en contra del Oficio 39-2013, emitido por la Dirección Nacional de Aduanas. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese la presente resolución mediante la publicación íntegra en el sitio de Internet de este Tribunal. Adicionalmente, dese aviso por carta certificada a la parte reclamante. RIT: GR-10-00026-2013 RUC: 13-9-0000292-5 Proveyó don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. 2013-03-28T10:48:37-0400 ANSELMO IVAN CIFUENTES ORMENO

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.