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Procedimiento especial de sanciones: artículo 97 N° 10 del Código Tributario

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT ES-10-00078-2014 · 28 de julio de 2014

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
ES-10-00078-2014
RUC
14-9-0001201-3
Fecha
Materia
Artículo 97 N° 10 del Código Tributario
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Inadmisible

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, veintiocho de julio de dos mil catorce. Téngase por acompañados los documentos indicados, con citación. Téngase presente el correo electrónico y el domicilio aportados. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1). Que, a fojas 14 y siguiente, con fecha 25 de julio de 2014, comparece don Juan Carlos Toledo Fernández, RUT 6.647.759-2 en representación de Toledo y Fernández Limitada, RUT 76.116.528-3, quien reclama en contra de la notificación de infracción n°1233362, de fecha 4 de julio de 2014, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. 2). Que, de la misma notificación de infracción n°1233362, la que rola a fojas 1, aparece claramente que el contribuyente fue notificado con fecha 4 de julio de 2014 por la infracción consagrada en el artículo 97 n°10 del Código Tributario, el que dispone en lo pertinente: Notificado el giro de … las infracciones de que trata el Nº2, el contribuyente podrá reclamar por escrito, dentro del plazo de quince días, contado desde la notificación del giro o de la infracción, en su caso, ante el Tribunal Tributario y Aduanero de su jurisdicción. 3). Que, resulta evidente entonces del mérito de autos, que respecto de la notificación de infracción n°1232392, de 4 de julio de 2014, rolante a fojas 1, el plazo de 15 días para reclamar conforme al procedimiento de reclamo de ciertas multas del artículo 165 del Código del ramo, venció con fecha 23 de julio de 2014, y el reclamo no fue interpuesto sino hasta el 25 de julio del presente. Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 28-07-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 4706cc66-f2d8-45e8-8b99-16fa8b5adaaa Timbre Electrónico 4). Que, por tanto, necesariamente el reclamo habrá de ser declarado inadmisible por extemporáneo. SE RESUELVE: Declárese inadmisible, por extemporáneo, el reclamo de fojas 14 y siguiente, interpuesto por don Juan Carlos Toledo Fernández, en representación de Toledo y Fernández Limitada, RUT 76.116.528-3, en contra de la notificación de infracción N°1233362, de fecha 4 de julio de 2014, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por carta certificada dirigida al domicilio registrado en autos. Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo electrónico a la parte que lo haya solicitado. RIT ES-10-00078-2014 RUC 14-9-0001201-3 Proveyó don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Biobio Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 28-07-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 4706cc66-f2d8-45e8-8b99-16fa8b5adaaa Timbre Electrónico 2014-07-28T13:16:59-0400 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.