Reclamo tributario: liquidación
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00100-2014 · 10 de septiembre de 2014
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- GR-10-00100-2014
- RUC
- 14-9-0001548-9
- Fecha
- Materia
- Liquidación
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- No presentado
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, diez de septiembre de dos mil catorce.
Atendido a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 129 del
Código Tributario, teniendo presente que la cuantía de lo reclamado supera
las treinta y dos unidades tributarias mensuales, y a que la presentación
incumple lo dispuesto en el inciso primero del artículo 1 de la ley 18.120, al
no ser patrocinada por abogado habilitado, téngase el reclamo por no
presentado para todos los efectos legales.
Notifíquese la presente resolución al compareciente por carta
certificada. Sin perjuicio, dese aviso al correo electrónico registrado.
GR-10-00100-2014
Proveyó don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del
Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío.
Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal del Biobio
Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 10-09-2014.
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afbd4faa-c095-423d-bd57-64d5f170bfc7
Timbre Electrónico
2014-09-10T09:30:18-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.