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Infracciones aduaneras: artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT IA-10-00008-2019 · 1 de febrero de 2019

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
IA-10-00008-2019
RUC
19-9-0000059-9
Fecha
Materia
Artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas

Texto de la sentencia

Concepción, uno de febrero de dos mil diecinueve. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que el poder notarial acompañado por la reclamante no acredita la constitución legal del mandato judicial, tal como se ordenó en la resolución de fecha 24 de enero de 2019, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2°, inciso cuarto, de la Ley n.° 18.120, téngase por no representado el reclamo para todos los efectos legales. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por carta certificada. Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo electrónico al litigante que lo haya solicitado. RIT n.° IA-10-00008-2019 Resolvió don JAIME ANDRÉS GONZÁLEZ ORRICO, Juez Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y la Región del Biobío. Autoriza don Mario Alejandro Vega Adauy, Secretario Abogado Subrogante. Jaime Andres Gonzalez Orrico Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez(S) Tribunal del Biobio Documento firmado electrónicamente por don/ña Jaime Andres Gonzalez Orrico, el 01-02-2019. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 5ef2a772-bafc-49a7-9f2f-749f48746c92 Timbre Electrónico 2019-02-01T11:46:42-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.