Infracciones aduaneras: artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT IA-10-00008-2019 · 1 de febrero de 2019
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- IA-10-00008-2019
- RUC
- 19-9-0000059-9
- Fecha
- Materia
- Artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas
- Servicio
- Servicio Nacional de Aduanas
Texto de la sentencia
Concepción, uno de febrero de dos mil diecinueve.
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
Que el poder notarial acompañado por la reclamante no acredita
la constitución legal del mandato judicial, tal como se ordenó en la
resolución de fecha 24 de enero de 2019, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 2°, inciso cuarto, de la Ley n.° 18.120, téngase
por no representado el reclamo para todos los efectos legales.
Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por
carta certificada. Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo
electrónico al litigante que lo haya solicitado.
RIT n.° IA-10-00008-2019
Resolvió don JAIME ANDRÉS GONZÁLEZ ORRICO, Juez
Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y
la Región del Biobío. Autoriza don Mario Alejandro Vega Adauy,
Secretario Abogado Subrogante.
Jaime Andres Gonzalez Orrico
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez(S) Tribunal del Biobio
Documento firmado electrónicamente por don/ña Jaime Andres Gonzalez Orrico, el 01-02-2019.
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5ef2a772-bafc-49a7-9f2f-749f48746c92
Timbre Electrónico
2019-02-01T11:46:42-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.