Reclamo aduanero: cargos
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00061-2019 · 21 de agosto de 2019
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- GR-10-00061-2019
- RUC
- 19-9-0000679-1
- Fecha
- Materia
- Cargos
- Servicio
- Servicio Nacional de Aduanas
- Resultado
- No presentado
Texto de la sentencia
Concepción, veintiuno de agosto de dos mil diecinueve.
A toda la suma, atendido lo dispuesto en el inciso final del artículo 122
de la Ordenanza de Aduanas, teniendo presente que la cuantía de lo reclamado
supera las treinta y dos unidades tributarias mensuales, y que la presentación
incumple lo dispuesto en el inciso primero del artículo 1 de la Ley 18.120, al no
ser patrocinada por abogado habilitado, careciendo de la firma requerida por
la norma, téngase el reclamo por no presentado para todos los efectos legales.
Notifíquese la presente resolución al compareciente por carta
certificada. Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo electrónico al
litigante que lo haya solicitado.
RIT n.° GR-10-00061-2019.
Proveyó don MARIO ALEJANDRO VEGA ADAUY, Juez Subrogante del
Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y la Región del Biobío.
Autoriza don Andrés Esteban Bravo Pacheco, Secretario Subrogante.
Mario Alejandro Vega Adauy
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez(S) Tribunal del Biobio
Documento firmado electrónicamente por don/ña Mario Alejandro Vega Adauy, el 21-08-2019.
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25481389-f315-4c18-a6db-317eda31d222
Timbre Electrónico
2019-08-21T10:05:50-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.