Saltar al contenido
Folium

Reclamo tributario: resolución

Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos · RIT GR-11-00018-2012 · 10 de noviembre de 2012

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos
RIT
GR-11-00018-2012
RUC
12-9-0000473-5
Fecha
Materia
Resolución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Valdivia, diez de noviembre de 2012. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1.- Que, con fecha 9 de noviembre de 2012 se presentó reclamación en contra de Liquidación N° 76 y Resolución N° 2017, ambas de fecha 31 de julio de 2012, emitidas por la XVII Dirección Regional Valdivia del Servicio de Impuestos Internos 2.- Que el reclamo aparece suscrito por el contribuyente reclamante, don Claudio Enrique Véliz Aravena, Rut N° 11.557.950-9. 3.- Que las actuaciones que son objeto del reclamo, ascienden a una cuantía de $ 1.555.960, que corresponden a 38.9 UTM. 4.- Que en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del Artículo 129 del Código Tributario, en el procedimiento de que se trata, las partes deberán comparecer en conformidad a las normas establecidas en la Ley N° 18.120, salvo que se trate de causas de cuantía inferior a las 32 UTM. 5.- Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 1, inciso primero, de la Ley N° 18.120, aplicable en la especie conforme se ha señalado, la primera presentación de cada parte deberá ser patrocinada por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, requisito que no se ha cumplido en la especie. 6.- Que, el Artículo 1, inciso segundo de la Ley N° 18.120, dispone que en el evento de no cumplirse con el requisito señalado en el considerando anterior, la presentación no podrá ser proveída y se tendrá por no presentada para todos los efectos legales. SE RESUELVE: Téngase por no presentado para todos los efectos legales el escrito de reclamación, ingresado a este Tribunal con fecha 9 de noviembre de 2012, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 1 inciso segundo de la Ley N° 18.120. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio de Internet del Tribunal , de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 131 bis del Código Tributario. RUC: 12-9-0000473-5 RIT : GR-11-00018-2012 Cuantía 38, 9 UTM Proveyó doña Andrea Catril Beltrán, Juez Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Los Ríos. Autoriza doña Ximena Ortega Navarrete, Secretaria Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Los Ríos 2012-11-10T10:28:11-0300 Andrea del Pilar Catril Beltran

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.