Reclamo tributario: resolución
Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos · RIT GR-11-00018-2012 · 10 de noviembre de 2012
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos
- RIT
- GR-11-00018-2012
- RUC
- 12-9-0000473-5
- Fecha
- Materia
- Resolución
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- No presentado
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Valdivia, diez de noviembre de 2012.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1.- Que, con fecha 9 de noviembre de 2012 se presentó reclamación en contra de
Liquidación N° 76 y Resolución N° 2017, ambas de fecha 31 de julio de 2012, emitidas
por la XVII Dirección Regional Valdivia del Servicio de Impuestos Internos
2.- Que el reclamo aparece suscrito por el contribuyente reclamante, don Claudio
Enrique Véliz Aravena, Rut N° 11.557.950-9.
3.- Que las actuaciones que son objeto del reclamo, ascienden a una cuantía de $
1.555.960, que corresponden a 38.9 UTM.
4.- Que en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del Artículo 129 del Código
Tributario, en el procedimiento de que se trata, las partes deberán comparecer en
conformidad a las normas establecidas en la Ley N° 18.120, salvo que se trate de
causas de cuantía inferior a las 32 UTM.
5.- Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 1, inciso primero, de la Ley N° 18.120,
aplicable en la especie conforme se ha señalado, la primera presentación de cada parte
deberá ser patrocinada por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión,
requisito que no se ha cumplido en la especie.
6.- Que, el Artículo 1, inciso segundo de la Ley N° 18.120, dispone que en el evento de
no cumplirse con el requisito señalado en el considerando anterior, la presentación no
podrá ser proveída y se tendrá por no presentada para todos los efectos legales.
SE RESUELVE:
Téngase por no presentado para todos los efectos legales el escrito de
reclamación, ingresado a este Tribunal con fecha 9 de noviembre de 2012, de acuerdo a
lo dispuesto por el Artículo 1 inciso segundo de la Ley N° 18.120.
Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante mediante la publicación
de su texto íntegro en el sitio de Internet del Tribunal , de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 131 bis del Código Tributario.
RUC: 12-9-0000473-5
RIT : GR-11-00018-2012
Cuantía 38, 9 UTM
Proveyó doña Andrea Catril Beltrán, Juez Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región de Los Ríos. Autoriza doña Ximena Ortega Navarrete, Secretaria
Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Los Ríos
2012-11-10T10:28:11-0300
Andrea del Pilar Catril Beltran
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.