Texto de la sentencia
Ciento veintiuno - 121-
“ASOCIACIÓN NACIONAL DE FUTBOL PROFESIONAL con SII Dirección de Grandes Contribuyentes”
RUC N° 13-9-0002386-8
RIT GR - 18 - 00620-2013
Santiago, ocho de abril de dos mil catorce.-
Proveyendo escrito de fojas 120: Téngase por evacuado el traslado conferido al Servicio de
Impuestos Internos a fojas 118, respecto del desistimiento del reclamo, dentro del término legal.
Vistos y Atendido que el Servicio de Impuestos Internos se ha allanado al desistimiento del reclamo
promovido por el apoderado, debidamente facultado, de la reclamante; RESUELVO, Téngase por
desistido del reclamo a la parte Reclamante de autos “Asociación Nacional de Fútbol Profesional”,
sin costas. Hágase devolución del documento singularizado a fojas 100, el que se encuentra guardado
bajo Custodia N° 22-2014, dejándose constancia en los registros respectivos.
Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por medio de carta certificada remitida al
domicilio registrado en autos y a la parte reclamada mediante su publicación en el sitio Internet del
Tribunal. Dése aviso a la dirección de correo electrónico registrada para tales efectos.
Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos.
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región Metropolitana.
Miguel Andrés Massone Pardo
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 08-04-2014.
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2b0f47c4-f0b8-4011-9ba9-6c9194be07ee
Timbre Electrónico
2014-04-08T14:13:29-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.