Texto de la sentencia
Veinte - 20 -
“LYNCH LORCA JUAN EDUARDO con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro”
RUC N° 14-9-0000876-8
RIT GR - 18 - 00276-2014
Santiago, doce de junio de dos mil catorce.-
Atendido el mérito de autos, se provee escrito de fojas 1: A LO PRINCIPAL: No constando en
autos que el compareciente de fojas 1 haya dado cumplimiento, dentro de tercero día, a lo
ordenado a fojas 18 de autos, y conforme a lo dispuesto en el artículo 2° inciso 4° de la Ley N°
18.120, hágase efectivo el apercibimiento y téngase por no presentada la reclamación, para todos
los efectos legales. AL PRIMER, SEGUNDO, TERCER, CUARTO Y SEXTO OTROSÍ: Estése al mérito de
lo resuelto precedentemente. AL QUINTO OTROSÍ: Como se pide, solo en cuanto al envío de un
aviso del hecho de haberse notificado una o más resoluciones en la causa.
Notifíquese a la parte reclamante mediante el envío de carta certificada al domicilio designado en
autos.
Publíquese la presente resolución en el sitio Internet del Tribunal.
Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos.
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Miguel Andrés Massone Pardo
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 12-06-2014.
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Timbre Electrónico
2014-06-12T13:25:32-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.