Texto de la sentencia
Ciento dieciséis -116-
“CLARO CHILE S.A. con SII Dirección de Grandes Contribuyentes”
RUC N° 15-9-0001699-6
RIT N° GR-18-00162-2015
Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil dieciséis.
Proveyendo escrito de fojas 115: Téngase por evacuado el traslado conferido a fojas 113.
Proveyendo lo pendiente de fojas 104: A LO PRINCIPAL: Vistos y atendido lo expuesto por la
reclamante en su incidente de desistimiento de fojas 104 y por la reclamada en su escrito de evacúa
traslado de fojas 115, quien se allana en todas sus partes al incidente promovido, se resuelve:
-Téngase a la reclamante Claro Chile S.A., por desistida del reclamo interpuesto en lo principal de
fojas 1 y siguientes.
Hágase devolución a la reclamante del documento custodiado bajo el N°7-2016, según consta en
certificado de fojas 103, dejándose constancia en autos.
NOTIFÍQUESE la presente resolución a la parte reclamada, mediante su publicación en el sitio de
Internet del Tribunal, y a la parte reclamante, mediante carta certificada remitida al domicilio
registrado en autos, y dese aviso a las direcciones de correos electrónicos registradas, de
conformidad a lo establecido en el artículo 131 bis del Código Tributario.
Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos. (rv)
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región Metropolitana.
Miguel Andrés Massone Pardo
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 16-12-2016.
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479c494c-d587-453d-b5a4-514a0f1435d9
Timbre Electrónico
2016-12-16T11:01:08-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.