Texto de la sentencia
Ciento trece – 113
“MONTE BOLDAL LIMITADA con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente”
RUC N° 16-9-0000662-8
RIT N° GR-18-00051-2016
Santiago, diecinueve de junio de dos mil dieciocho.
Proveyendo escrito de fojas 112: Téngase por evacuado el traslado conferido a fojas 110. Autos
para resolver el incidente de desistimiento de fojas 109.
Vistos y atendido lo expuesto por la reclamante en su incidente de desistimiento de fojas 109 y
por la reclamada en su escrito de evacúa traslado de fojas 112, quien señala que se resuelva lo que
en derecho corresponda, se resuelve:
- Téngase a la reclamante MONTE BOLDAL LIMITADA, por desistida del reclamo interpuesto en lo
principal de fojas 1 y siguientes.
Notifíquese la presente resolución a la parte reclamada, mediante su publicación en el sitio de
Internet del Tribunal, y a la parte reclamante, mediante carta certificada remitida al domicilio
registrado en autos, y dese aviso a las direcciones de correos electrónicos registradas, de
conformidad a lo establecido en el artículo 131 bis del Código Tributario.
Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos. (ER)
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Miguel Andrés Massone Pardo
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 19-06-2018.
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Timbre Electrónico
2018-06-19T10:05:42-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.