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Procedimiento general de sanciones: artículo 97 N° 4 del Código Tributario

Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GS-16-00071-2017 · 27 de julio de 2017

Tribunal
Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GS-16-00071-2017
RUC
17-9-0000625-K
Fecha
Materia
Artículo 97 N° 4 del Código Tributario
Servicio
Servicio de Impuestos Internos

Normas que aplica

Texto de la sentencia

SEGUNDO TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO Región Metropolitana de Santiago RIT: GS-16-00071-2017 RUC: 17-9-0000625-K CARATULADA: ASESORÍAS Y SERVICIOS TÉCNICOS C Y C LTDA. con Sil OMM/EHD Santiago, veintisiete de julio de dos mil diecisiete. I. A la presentación de la reclamante de fecha veinticuatro de julio de dos mil diecisiete, que rola a fajas treinta y nueve (39) y siguientes de autos, se resuelve: A LO PRINCIPAL: Téngase presente. AL OTROSÍ: Estese a lo que se resolverá en el número II. II. A la presentación de la reclamante de fecha veintidós de julio de dos mil diecisiete, que rola a fojas uno (1) y siguientes de autos, se resuelve: A LO PRINCIPAL: Teniendo presente lo argumentado por la reclamante a lo principal del escrito proveído en el número I; que con fecha 20 de julio del presente año el Servicio de Impuestos Internos remitió a este Tribunal el Acta de Denuncia N° 02, de fecha 11 de julio del año en curso, dirigida en contra de la reclamante de estos autos; y que esta presentación se efectuó al amparo del artículo 161 N° 2 del Código Tributario en contra de la citada acta de denuncia, remítase todos los antecedentes de esta causa al expediente caratulado "SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS REGIONAL NORTE con ASESORÍAS Y SERVICIOS TÉCNICOS C Y C LTDA.", RIT: GS-16-00068-2017, RUC: 17-9-0000609-8, y dese curso a esta presentación. Dese término al presente RIT y RUC. A LOS OTROSÍES: Se proveerán en la causa caratulada "SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS REGIONAL NORTE con ASESORÍAS Y SERVICIOS TÉCNICOS C Y C LTDA.", RIT: GS-16-00068-2017, RUC: 17-9-0000609-8. Documento firmado electrónicamente por don/ña Jose Antonio Guerrero Uriarte, el 27-07-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 82ee2bff-0f87-4048-9a46-59ff99989f95 Timbre Electrónico PROVEYÓ DON JOSÉ ANTONI TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADU RO U IARTE, J EZ (S) DEL SEGUNDO RO DE LA REG ÓN METROPOLITANA. (7E) z \,—HADO ,RtO (S) STO hik RETARIO (S) DEL SEGUNDO LA REGIÓN METROPOLITANA. AUTORIZA DON ANDRÉS AE TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADU NOTIFÍQUESE la presente resolución a la reclamante mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio de internet del Tribunal, conforme lo dispone el artículo 131 bis del Código Tributario. Déjese testimonio en el expediente. Jose Antonio Guerrero Uriarte Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez(S) Tribunal R. Metropolitana. Segundo Documento firmado electrónicamente por don/ña Jose Antonio Guerrero Uriarte, el 27-07-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 82ee2bff-0f87-4048-9a46-59ff99989f95 Timbre Electrónico Page 1 Page 2 2017-07-27T16:14:30-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.