Texto de la sentencia
RIT: GR-16-00091-2020
RUC: 20-9-0000473-8
CARATULADA: DIT INGENIERÍA LTDA. CON SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
OMM/KRN
Santiago, ocho de mayo del año dos mil veintitrés.
1- Atendida la certificación realizada por el Sr. Secretario de este Tribunal con fecha
cuatro de mayo del presente año, téngase por no cumplido lo ordenado y,
en consecuencia, se declara inadmisible el presente reclamo.
2- La presente resolución se firma únicamente de manera electrónica.
NOTIFÍQUESE la presente resolución mediante carta certificada, conforme lo
dispone el artículo 127 de la Ordenanza de Aduanas. Déjese testimonio en el expediente.
PROVEYÓ DON JOSÉ ANTONIO GUERRERO URIARTE, JUEZ (S) DEL SEGUNDO
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGION METROPOLITANA.
AUTORIZA DON ANDRÉS AEDO JOHNSTON, SECRETARIO (S) DEL SEGUNDO
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGION METROPOLITANA.
.
Jose Antonio Guerrero Uriarte
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez(S) Tribunal R. Metropolitana. Segundo
Documento firmado electrónicamente por don/ña Jose Antonio Guerrero Uriarte, el 08-05-2023.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
ffd030744061452ba9cfb98186a3ba9b
Timbre Electrónico
Jose Antonio Guerrero Uriarte
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez(S) Tribunal R. Metropolitana. Segundo
Documento firmado electrónicamente por don/ña Jose Antonio Guerrero Uriarte, el 08-05-2023.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
81db05d5e0f141cd9bec230ffc4fbddf
Timbre Electrónico
2023-05-08T18:56:33-0400
FEA
2023-05-08T18:57:23-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.