Texto de la sentencia
RIT: VD-16-00143-2021
RUC: 21-9-0000822-3
CARATULADA: ASES CAPAC Y DESA EN COMUN WEB Y MARKETING ON LINE CON
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO.
OMM/LNR
Santiago, veintinueve de agosto del año dos mil veintitrés.
I. Habiéndose efectuado la audiencia de conciliación en la presente causa, con
fecha dieciocho de agosto del año dos mil veintitrés, en la cual se acordó por
ambas partes, ante la propuesta del Tribunal, dejar sin efecto el acto
reclamado de autos, procediendo a la devolución parcial de los montos
cobrados por impuesto adicional, específicamente respecto de los pagos
realizados a la empresa Facebook Ireland Limited, de acuerdo con
siguiente detalle:
Lo anterior en atención a que, de acuerdo con la revisión del Departamento de
Fiscalización de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro, resultaría
procedente dicha devolución.
Atendido lo anterior:
- Se debe proceder a la devolución parcial de los montos pagados a propósito
de los giros folios N°5009796022 en monto de $10.817.412, N°5009796052
en monto de $1.408.402 y folio N°5009796102, por el monto de $2.514.965,
antecedentes que serán remitidos a la Tesorería General de la República
para su materialización.
Ordenese la devolución a título de impuestos, reajustes, intereses y multas
correspondientes, a la Tesorería General de la República, oficiándose al
respecto.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Oscar Renato Meriño Maturana, el 29-08-2023.
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Timbre Electrónico
II. En virtud de las facultades conferidas en el inciso final del artículo 132 bis del Código
Tributario:
- Téngase por aprobada las bases de arreglo, en todo lo que no fuese contrario a
derecho, y téngase esta resolución como sentencia ejecutoriada para todos los
efectos legales.
III. La presente resolución se firma únicamente de manera electrónica.
NOTIFÍQUESE la presente resolución a la parte reclamante mediante carta
certificada y al Servicio de Impuestos Internos a través de la publicación de su texto íntegro
en el sitio de internet del Tribunal, conforme lo dispone el artículo 131 bis del Código
Tributario. Déjese testimonio en el expediente.
PROVEYÓ DON OSCAR MERIÑO MATURANA, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGION METROPOLITANA.
AUTORIZA DON JOSÉ ANTONIO GUERRERO URIARTE, SECRETARIO TITULAR DEL
SEGUNDO TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGION METROPOLITANA.
Oscar Renato Meriño Maturana
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Segundo
Documento firmado electrónicamente por don/ña Oscar Renato Meriño Maturana, el 29-08-2023.
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Timbre Electrónico
2023-08-29T20:03:51-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.