Texto de la sentencia
Fojas: Cuarenta y nueve - 49
“DUFFAU URRUTIA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV D.R.M.
SANTIAGO ORIENTE”
RIT: AB-17-00164 -2014
RUC: 14-9-0001997-2
Providencia, a dos de junio de dos mil quince.
A LOS AUTOS Certificado del Sra. Secretaria (S) del Tribunal, y en su mérito por
cumplido lo ordenado con fecha 12.05.2015.
En mérito de la certificación del Sra. Secretaria (S) del Tribunal de fojas 48, HÁCESE
efectivo el apercibimiento decretado en la resolución de fecha 17.12.2014 y por consiguiente,
TÉNGASE por no presentado el reclamo, para todos los efectos legales.
Proveyendo la presentación de fecha 14.11.2014, que rola a fojas 36:
A LO PRINCIPAL, SEGUNDO Y TERCER OTROSIES: Estése a lo resuelto
precedentemente.
AL PRIMER OTROSí: Devuélvanse los documentos acompañados, atendido el estado de
la causa.
AL CUARTO OTROSÍ: Téngase presente.
Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 02-06-2015.
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Timbre Electrónico
Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada. Sin
perjuicio de lo anterior, publíquese la presente resolución en la página de internet del Tribunal y
dése avisos a la dirección de correo electrónico registrada para tal efecto.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Juez Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
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Timbre Electrónico
2015-06-02T13:06:49-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.