Texto de la sentencia
Fojas: Veintiuno - 21
“AGUILAR CACHO CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR
SANTIAGO ORIENTE”
RUC: 15-9-0000009-7
RIT: ES-17-00208-2014
Providencia, a dos de junio de dos mil quince.
A LOS AUTOS Certificado del Sra. Secretaria (S) del Tribunal, y en su mérito por
cumplido lo ordenado con fecha 12.05.2015.
En mérito de la certificación del Sra. Secretaria (S) del Tribunal de fojas 20, HÁCESE
efectivo el apercibimiento decretado en la resolución de fecha 09.01.2015 y por consiguiente,
TÉNGASE por no presentado el reclamo, para todos los efectos legales.
Proveyendo la presentación de fecha 24.10.2014, que rola a fojas 15:
Estése en todo a lo resuelto precedentemente.
Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad.
Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada. Sin perjuicio
de lo anterior, publíquese la presente resolución en la página de internet del Tribunal y dése avisos a
la dirección de correo electrónico registrada para tal efecto.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Juez Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 02-06-2015.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
76d15f2b-6a33-40d8-b40e-0157473d339e
Timbre Electrónico
2015-06-02T13:06:43-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.