Texto de la sentencia
MGG
COMPANIA DE INVERSIONES Y SERVICIOS SURA LIMITADA con SERVICIO
DE IMPUESTOS INTERNOS XV D.R.M. STGO. ORIENTE
RUC : 15-9-0000353-3.
RIT : GR-17-00039-2015.
En Providencia, a nueve de abril de dos mil diecinueve.
HÁCESE presente por el Tribunal que, estando aún vigente el plazo de la suspensión del
procedimiento decretada en resolución de 08.03.19, se proveerá el escrito presentado por la
reclamante en consideración a lo expresado en este, por tanto: DÉJASE sin efecto la
suspensión decretada.
Al escrito de 05.04.2019:
A LO PRINCIPAL: Como se pide. TÉNGASE por desistida a la reclamante del reclamo de
fecha 30.01.2013, deducido en contra de la Liquidación de Impuestos N° 457 de 29.08.2012,
emitida por el Servicio de Impuestos Internos Dirección Santiago Oriente.
CONFÍRMASE el acto reclamado
GÍRENSE los impuestos correspondientes.
DEVUÉLVANSE a la reclamada los documentos aportados por ésta al proceso y que
se encuentran actualmente en la custodia N° 94-2015 de este Tribunal, para lo cual se le
apercibe a que los retire dentro del plazo de quince (15) días a contar de la notificación de la
presente resolución.
DEVUÉLVANSE a la Excelentísima Corte Suprema los documentos que, a petición de
la reclamante fueron remitidos a este Tribunal mediante Oficio N° 29.489-2018 de 06.12.18 y
que se encuentran actualmente en la custodia N° 81-2018, siendo de cargo de la reclamante
el retiro físico para su remisión, para lo cual se le apercibe a que dé cumplimiento a lo
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 09-04-2019.
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Timbre Electrónico
ordenado dentro del plazo de quince (15) días, a contar de la notificación de la presente
resolución.
DEVUÉLVANSE a la reclamante los documentos aportados por ésta al proceso y que
se encuentran actualmente en la custodia N° 85-2018 de este Tribunal, para lo cual se le
apercibe a que los retire dentro del plazo de quince (15) días a contar de la notificación de la
presente resolución, bajo apercibimiento de notificar a la Unidad correspondiente del Servicio
de Impuestos Internos, a fin de que tome las providencias necesarias.
AL OTROSÍ: Téngase presente.
NOTIFÍQUESE a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada.
Notifíquese al Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Metropolitana
Santiago Oriente mediante su publicación en el sitio de internet del Tribunal y dése aviso a los
correos electrónicos registrados para tales efectos.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Jueza Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
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2019-04-09T14:55:45-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.