Texto de la sentencia
SANTIAGO MADRID VILLASECA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI D.R.M.
SANTIAGO ORIENTE
RIT N° : GR-17-00067-2015
RUC N° : 15-9-0000416-5.
En Providencia, a nueve de octubre de dos mil quince.
A LOS AUTOS Certificado del Sr. Secretario del Tribunal de fecha 08.10.2015 y en
su mérito téngase por no cumplido lo ordenado con fecha 07.09.2015.
En mérito de la certificación del Sr. Secretario del Tribunal de fojas 38, HÁCESE
efectivo el apercibimiento decretado en la resolución de fecha 07.09.2015 y por
consiguiente, TÉNGASE por no presentado el reclamo, para todos los efectos legales.
Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad.
Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada. Sin
perjuicio de lo anterior, publíquese la presente resolución en la página de internet del
Tribunal y dése avisos a la dirección de correo electrónico registrada para tal efecto.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 09-10-2015.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
6bcbee22-1fb7-4fb4-b863-ea280c89392b
Timbre Electrónico
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Jueza del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 09-10-2015.
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Timbre Electrónico
2015-10-09T13:19:35-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.