MGG
BGS S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV D.R.M. STGO
ORIENTE
RUC : 15-9-0001091-2.
RIT : GR-17-00224-2015
En Providencia, a cuatro de diciembre de dos mil veinte.
Por ingresado a mi despacho con esta fecha:
Al escrito de 02.12.2020, presentado mediante la Oficina Judicial Virtual (OJV) por apoderado
facultado según da cuenta autorización de poder realizada con fecha 20.08.15 y resolución de
28.10.15 de autos, recepcionado ante este Tribunal con fecha 02.12.2020 según certifican
documentos que se anexan por la OJV, Resuelvo:
Como se pide. TÉNGASE por desistida a la reclamante del reclamo de fecha 20.08.2015,
deducido en contra de la Resolución Ex N° 935 de fecha 08 de mayo de 2015, emitida por la
D.R.M. Stgo. Oriente del Servicio de Impuestos Internos.
CONFÍRMASE el acto reclamado
DEVUÉLVANSE a la reclamante los documentos aportados por ésta al proceso y que se
encuentran actualmente en la custodia de este Tribunal, para lo cual se le apercibe a que los
retire dentro del plazo de quince (15) días a contar de la notificación de la presente resolución,
bajo apercibimiento de notificar a la Unidad correspondiente del Servicio de Impuestos
Internos, a fin de que tome las providencias necesarias.
HÁCESE presente que para los efectos del retiro de los documentos antes ordenada y debido
a la contingencia sanitaria del país, la reclamante deberá avisar mediante correo electrónico a
la casilla
[email protected] la fecha estimada en que materializará dicho retiro, a fin
de que en conjunto con la Secretaría del Tribunal, coordinen la hora y fecha en que tal acción
se concretará.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 04-12-2020.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
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Timbre Electrónico
mailto:
[email protected]
NOTIFÍQUESE a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada.
Notifíquese al Servicio de Impuestos Internos D.R.M. Santiago Oriente mediante su
publicación en el sitio de internet del Tribunal y dése aviso a los correos electrónicos
registrados para tales efectos.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Jueza Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario
y Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 04-12-2020.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
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Timbre Electrónico
2020-12-04T12:03:16-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.