Texto de la sentencia
T.K.
EDUARDO ALEJANDRO CONCHA RIOS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DRM SANTIAGO
ORIENTE.
RIT N° : GR-17-00012-2017.
RUC N° : 17-9-0000177-0
En Providencia, a treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete.
Al escrito de fecha 21.03.2017:
No habiendose acompañado el acto reclamado, esto es, la Liquidación N° 1191 DE 11.11.2016, y su
notificación, antecedente tendiente a determinar la temporalidad del reclamo y, no habiendose
precisado los hecghos y fundamentos de derecho ni, en consecuencia, las peticiones sometidas a
consideración del Tribunal: Téngase por no cumplido lo ordenado.
HÁCESE EFECTIVO el apercibimiento de fecha 17.03.2017.
TÉNGASE por no presentado el reclamo de fecha 06.03.2017
Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad.
Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada. Sin perjuicio de lo
anterior, publíquese la presente resolución en la página de internet del Tribunal y dése avisos a la
dirección de correo electrónico registrada para tal efecto.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Jueza Titular del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 31-03-2017.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
a6ceec06-7ab7-452d-b627-2aac4c516207
Timbre Electrónico
Autorizó doña Ángela Villa Muñoz, Secretaria Subrogante del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 31-03-2017.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
a6ceec06-7ab7-452d-b627-2aac4c516207
Timbre Electrónico
2017-03-31T14:00:57-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.