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MGG
PAYROLL S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV D.R.M.
SANTIAGO ORIENTE
RUC : 17-9-0000890-2.
RIT : GR-17-00136-2017.
En Providencia, a nueve de octubre de dos mil veinte.
Por ingresado a mi despacho con esta fecha.
Al escrito de 07.10.2020, presentado mediante la Oficina Judicial Virtual (OJV) por apoderado
facultado según da cuenta autorización de poder realizada con fecha 24.08.17 y resolución de
24.10.17 de autos, quien comparece asistiendo al representante legal de la reclamante don
Carlos Batista de Oliveira, recepcionado ante este Tribunal con fecha 07.10.2020,
Resuelvo:
A LO PRINCIPAL: Como se pide. TÉNGASE por desistida a la reclamante del reclamo de
fecha 24.08.2017, deducido en contra de la Liquidación de Impuestos No 310 de 09.05.2017,
emitidas por la D.R.M. Stgo. Oriente del Servicio de Impuestos Internos.
CONFÍRMASE el acto reclamado
GÍRENSE los impuestos correspondientes.
DEVUÉLVANSE a la reclamante los documentos aportados por ésta al proceso y que se
encuentran actualmente en la custodia de este Tribunal, para lo cual se le apercibe a que los
retire dentro del plazo de quince (15) días a contar de la notificación de la presente resolución,
bajo apercibimiento de notificar a la Unidad correspondiente del Servicio de Impuestos
Internos, a fin de que tome las providencias necesarias.
HÁCESE presente que para los efectos del retiro de los documentos antes ordenada y debido
a la contingencia sanitaria del país, la reclamante deberá avisar mediante correo electrónico a
la casilla
[email protected] la fecha estimada en que materializará dicho retiro, a fin
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 09-10-2020.
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Timbre Electrónico
mailto:
[email protected]
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de que en conjunto con la Secretaría del Tribunal, coordinen la hora y fecha en que tal acción
se concretará.
A LOS AUTOS certificados emitidos por la OJV.
NOTIFÍQUESE a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada.
Notifíquese a la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de
Impuestos Internos mediante su publicación en el sitio de internet del Tribunal y dése aviso a
los correos electrónicos registrados para tales efectos.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Jueza Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario
y Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 09-10-2020.
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Timbre Electrónico
2020-10-09T10:48:17-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.