Texto de la sentencia
MGG
INVERSIONES EL FANO DOS Y COMPANIA LTDA. con SERVICIO DE
IMPUESTOS INTERNOS XV D.R.M. METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE
RUC : 17-9-0000901-1.
RIT : GR-17-00130-2017.
En Providencia, a siete de agosto de dos mil diecinueve.
Al escrito de 05.08.2019:
Como se pide. TÉNGASE por desistida a la reclamante del reclamo de fecha 24.08.2017,
deducido en contra de la Resolución EX. No 1257 de 09.05.2017, emitida por el Servicio de
Impuestos Internos D.R.M. Santiago Oriente.
CONFÍRMASE el acto reclamado
DEVUÉLVANSE a la reclamante los documentos aportados por ésta al proceso y que se
encuentran actualmente en la custodia de este Tribunal, para lo cual se le apercibe a que los
retire dentro del plazo de quince (15) días a contar de la notificación de la presente resolución,
bajo apercibimiento de notificar a la Unidad correspondiente del Servicio de Impuestos Internos,
a fin de que tome las providencias necesarias.
NOTIFÍQUESE a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada.
Notifíquese al Servicio de Impuestos Internos D.R.M. Santiago Oriente mediante su
publicación en el sitio de internet del Tribunal y dése aviso a los correos electrónicos registrados
para tales efectos.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Jueza Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 07-08-2019.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
1ee1db8e-a185-4085-ade4-46d084d42a0c
Timbre Electrónico
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 07-08-2019.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
1ee1db8e-a185-4085-ade4-46d084d42a0c
Timbre Electrónico
2019-08-07T13:28:30-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.