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Vulneración de derechos: artículo 8 bis del Código Tributario

Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT VD-17-00024-2018 · 15 de mayo de 2018

Tribunal
Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
VD-17-00024-2018
RUC
18-9-0000209-9
Fecha
Materia
Artículo 8 bis del Código Tributario
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Texto de la sentencia

TK “MOHAMAD ALI EL SAYED SALEH con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN SANTIAGO ORIENTE.” RUC: 18-9-0000209-9 RIT: VD-17-00024-2018 Providencia, a quince de mayo de dos mil dieciocho. A sus autos, certificación del Sr. Secretario del Tribunal de fecha 02.05.2018. En mérito de dicha certificación, TÉNGASE por cumplido parcialmente lo ordenado con fecha 22.03.2018. Dado que uno de los requisitos esenciales para poder determinar la temporalidad de la vulneración de derechos es acreditar la fecha en que ocurrió la acción u omisión que el reclamante “considere” que ilegítimamente perturba o impide el ejercicio de los derechos garantizados en la Constitución Política de la República, hecho que según la certificación del Sr. Secretario del Tribunal no se acreditó por la reclamante; HÁCESE efectivo en virtud de dicha certificación, el apercibimiento decretado en la resolución de fecha 22.03.2018, y por consiguiente: TÉNGASE por no presentado el reclamo para todos los efectos legales. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada, Sin perjuicio de lo anterior, publíquese la presente resolución en el sitio Internet del Tribunal y dese aviso a la dirección de correo electrónico registrada para tales efectos. Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 15-05-2018. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 49b518c1-1bbb-423c-b3ec-6a36a6a0831a Timbre Electrónico Proveyó doña DORA BASTÍA SANTANDER, Jueza del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autorizó don ÁLVARO GÓMEZ FUENTES, Secretario del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Dora Luisa Bastía Santander Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 15-05-2018. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 49b518c1-1bbb-423c-b3ec-6a36a6a0831a Timbre Electrónico 2018-05-15T13:52:59-0400 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.