Vulneración de derechos: artículo 19 N° 24 de la Constitución
Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá · RIT VD-02-00017-2021 · 21 de octubre de 2021
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá
- RIT
- VD-02-00017-2021
- RUC
- 21-9-0000626-3
- Fecha
- Materia
- Artículo 19 N° 24 de la Constitución
- Servicio
- Servicio Nacional de Aduanas
- Resultado
- No presentado
Texto de la sentencia
SIETE 7
Iquique, veintiuno de octubre de dos mil veintiunos.
Habiendo transcurrido el plazo conferido a fs. 5, sin que el reclamante
haya dado cumplimiento a lo allí requerido.
Lo prescrito en los numerales 2°, 4° e inciso final del artículo 123° y
129º L de la Ordenanza de Aduanas.
SE RESUELVE: TÉNGASE POR NO PRESENTADA LA
RECLAMACIÓN de autos para todos los efectos legales.
NOTIFÍQUESE al reclamante por carta certificada y además
PERSONALMENTE o por CÉDULA, DÉSE aviso, DÉJESE testimonio,
REGÍSTRESE y ejecutoriada ARCHÍVESE.
RUC : 21-9-0000626-3
RIT : VD-02-00017-2021
PRONUNCIADA POR EL JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y
ADUANERO DE TARAPACÁ DON MARIO GUZMÁN CORTÉS.LOV/app
DISTRIBUCIÓN:
-Expediente.
-Reclamante (por carta certificada)
-Registro de Fallos.
Mario Segundo Guzman Cortes
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal Tarapacá
Documento firmado electrónicamente por don/ña Mario Segundo Guzman Cortes, el 21-10-2021.
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fc1f04b9d3f241c39f05ae4a82f05172
Timbre Electrónico
2021-10-21T11:45:16-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.