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Reclamo aduanero: cargos

Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT GR-14-00002-2019 · 9 de junio de 2022

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
RIT
GR-14-00002-2019
RUC
19-9-0000078-5
Fecha
Materia
Cargos
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
Conciliación

Texto de la sentencia

1 KIMBERLY CLARK CHILE S.A. RUT N° 96.888.460-3 CUANTÍA 452,43 UTM Valparaíso, nueve de junio de dos mil veintidós. A SUS ANTECEDENTES Resolución Exenta Nº1604 de fecha 8 de junio de 2022 mediante la cual el Director Nacional (S) del Servicio Nacional de Aduanas Sr. Gustavo Poblete Morales, aprueba las bases de conciliación propuestas en audiencia realizada con fecha 5 de mayo de 2022 en estos autos, agregada a fojas 263 a 264. VISTO Y CONSIDERANDO: 1. Que a fojas 1 y siguientes comparecieron don Luis Mondaca Muñoz y don Rodrigo Ruiz Cosignani, abogados, en representación KIMBERLY CLARK CHILE S.A., RUT Nº 96.888.460-3, todos domiciliados en calle Almirante Señoret Nº70, oficina Nº95, ciudad de Valparaíso, V Región, quienes interpusieron Reclamo General Aduanero en contra del Cargo Nº 528768, emitido por la Administración de Aduana de San Antonio. 2. Que a fojas 92 y siguientes compareció el letrado don Mauricio Cárdenas Huenteleo, en representación del SERVICIO DE ADUANAS AMINISTRACIÓN DE SAN ANTONIO, ambos domiciliados para estos efectos en Angamos Nº1190, San Antonio, solicitando el rechazo del reclamo. 3. Que a fojas 263-264 consta que, este Tribunal propuso las Bases de arreglo que se indican en la respectiva Acta de Audiencia de Conciliación, las cuales fueron aceptadas por las partes, debidamente representadas con facultades suficientes, acordándose conciliar totalmente la materia sometida a conocimiento de este Tribunal y, en consecuencia, dejar sin efecto el Cargo Nº528768, formulado por Resolución Nº5190 de fecha 02.10.2018, emitido por el Servicio Nacional de Aduanas, Dirección Regional de Valparaíso. 4. Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas, habiendo sido notificado de la referida acta de conciliación de fecha 05.05.2022, rolante a fojas 263-264 de autos, el Director Nacional de Aduanas se pronunció a través de Resolución Exenta N°1604, de fecha 08.06.2022, manifestando su aprobación conforme a los fundamentos de hecho y de derecho que indica. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en la Ley Nº21.039 que Perfecciona la Justicia Tributaria y Aduanera, y los artículos 128 y 128 bis de la Ordenanza de Aduanas y demás normas pertinentes; Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 09-06-2022. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación fcf747f7105b4ce4be5a30c467ba9b3f Timbre Electrónico 2 SE RESUELVE: 1. TÉNGASE POR APROBADA LA CONCILIACIÓN acordada por las partes, en todo lo que no fuere contrario a derecho, y téngase esta resolución como sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas. 2. DÉJESE SIN EFECTO el Cargo Nº528768, aprobado por Resolución Nº5190 de fecha 02.10.2018, emitido por el Servicio de Aduanas Administración de San Antonio, por haberse acreditado el origen de las mercancías importadas, siendo procedente la preferencia arancelaria invocada. NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE y, en su oportunidad, CERTIFÍQUESE y ARCHÍVESE. DÉJESE testimonio. DESE aviso. RUC : 19-9-0000078-5 RIT : GR-14-00002-2019 PRONUNCIADA POR EL JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE VALPARAÍSO DON MARCELO ALEJANDRO VALDOVINOS RÍOS. AUTORIZA LA SECRETARIA ABOGADA TITULAR DOÑA LILY PAOLA FELIÚ AZZAR. MVR/PFA/ABW Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal de Valparaiso Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 09-06-2022. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación fcf747f7105b4ce4be5a30c467ba9b3f Timbre Electrónico 2022-06-09T15:39:02-0400 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.