Reclamo aduanero: cargos
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT GR-14-00032-2019 · 27 de febrero de 2023
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
- RIT
- GR-14-00032-2019
- RUC
- 19-9-0000269-9
- Fecha
- Materia
- Cargos
- Servicio
- Servicio Nacional de Aduanas
- Resultado
- Acoge parcialmente
Texto de la sentencia
C.A. de Valpara soí
Valpara soí , diecisiete de abril de dos mil veinticuatro.
Visto:
Se reproduce la sentencia en alzada.
Y se tiene en su lugar y, adem s, presente:á
Primero: Que, a folio 13, el apelante acompa copia de lasñó
facturas y certificados de origen emitidos por el productor, respecto de
11 de 12 de los cargos formulados n meros 529346, 529841, 529829,ú
529850, 529817, 529820, 529812, 529814, 529832, 529828 y 529843,
documentos que se tuvieron por acompa ados con citaci n y no fueronñ ó
objetados.
Segundo: Que, de la revisi n de los antecedentes indicados, esó
posible advertir que en los certificados de origen acompa ados, constañ
el n mero de las facturas, los que fueron emitidos por el productor deú
las mercanc as.í
Tercero: Que, la buena fe es un principio fundamental en el
derecho internacional al que deben ajustarse la interpretaci n y laó
aplicaci n de todos los tratados, de manera que no procede exceptuaró
su utilizaci n cuando se han producido errores subsanables en losó
procedimientos que regulan.
Cuarto: Que, teniendo presente los documentos indicados, así
como las declaraciones juradas notariales acompa adas por elñ
importador ante el Tribunal Tributario y Aduanero de Valpara so y loí
previsto en las Directrices Comunes para la Interpretaci n, Aplicaci nó ó
y Administraci n del Cap tulo Cuarto y las disposiciones pertinentesó í
del Cap tulo Tres del Tratado de Libre Comercio entre Chile yí
Estados Unidos, aparece que el importador ha dado cumplimiento a las
normas del Acuerdo, para efectos de acogerse al tratamiento
preferencial arancelario, por cuanto present en esta sede documentosó
que establecen la base para sostener v lidamente que la mercanc a esá í
originaria, sin que exista duda acerca del origen impetrado, salvo en el
caso del n mero 529849.ú
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en losá
art culos 186 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil y normasí ó
legales citadas, se revoca, en lo apelado, la sentencia de veintisiete de
febrero de dos mil veintitr s, escrita a fojas 1197 y siguientes y, é en su
lugar, se declara que se acoge parcialmente el reclamo interpuesto,
dej ndose sin efecto 11 de los 12 cargos reclamados, esto es, losá
n meros ú 529346, 529841, 529829, 529850, 529817, 529820, 529812,
529814, 529832, 529828 y 529843.
Se confirma, en lo dem s, la referida sentencia.á
Comun quese, reg strese y devu lvase con su custodia.í í é
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N°Tributario Y Aduanero-16-2023.
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Pronunciado por la Sexta Sala de la C.A. de Valparaíso integrada por Ministra Maria Del Rosario
Lavin V., Ministra Suplente Sara Marcela Covarrubias N. y Abogado Integrante Felipe Gorigoitia A.
Valparaiso, diecisiete de abril de dos mil veinticuatro.
En Valparaiso, a diecisiete de abril de dos mil veinticuatro, notifiqué en Secretaría por el Estado
Diario la resolución precedente.
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2024-04-17T12:02:31-0400
2024-04-17T12:01:27-0400
2024-04-17T12:26:17-0400
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.