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Reclamo tributario: liquidación

Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT GR-14-00085-2021 · 27 de enero de 2022

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
RIT
GR-14-00085-2021
RUC
21-9-0000748-0
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Conciliación

Normas que aplica

Texto de la sentencia

AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN (21-9-0000748-0) YAZMIN MERLEZ QUINTAR RUT N° 7.230.524-8 Cuantía UTM 95,15 En la ciudad de Valparaíso, República de Chile, a veintisiete de enero de dos mil veintidós, siendo el día y hora fijado a fojas 30, se lleva a efecto la continuación de audiencia de conciliación por vía remota, en presencia del Juez del Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso, don Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos y, del ministro de fe, don Ricardo Antonio Espinoza Astudillo, Profesional Experto. Comparece por la parte reclamante YAZMIN LATIFE MERLEZ QUINTAR, RUT 7.230.524-8, representada por su apoderado, el abogado don Marco González Guerrero, RUT 17.706.224-3; y con la asistencia de la parte reclamada, SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DIRECCIÓN REGIONAL DE VALPARAÍSO, representada por su apoderada, la abogada doña Chantal Ronzier Maggiolo, RUT 10.908.640-1, todos ya debidamente individualizados en autos. El Tribunal después de analizar el libelo reclamatorio y los antecedentes que obran en el presente proceso, propone las siguientes bases de arreglo para llegar a una conciliación total en la presente causa: Acto Reclamado - Liquidación N°280400912, de fecha 26.07.2021. - Determina diferencias por $3.097.491 que con reajustes e intereses alcanzan a $5.087.980. Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 27-01-2022. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 03d594ea03ec4fa1a5ee5d3d4c2ec216 Timbre Electrónico Sobre la base de los antecedentes antes mencionados, aparece que: 1) Que en relación a la Declaración Renta de la contribuyente reclamante, correspondiente al AT 2018, consta que esta realizó retiros por un monto de $12.102.000, provenientes de la empresa 1, 2, 3 Limitada RUT 77.067.830-7, de la cual es socia, con una participación de un 48%. 2) Que por dichos retiros declaró un crédito asociado de $4.142.285, debiendo haber declarado por dicho concepto el monto de $3.086.010 con derecho a devolución, generándose una diferencia de $1.056.275 respecto de la cual no tendría derecho a crédito 3) Que, conforme a lo anterior, se proponen como bases de conciliación que se deje sin efecto la Liquidación reclamada, en los siguientes términos: a) Que se acepte el Crédito de Primera Categoría por $3.086.010 con derecho a devolución. b) Que se rechace Crédito de Primera Categoría por $1.056.275. c) La parte reclamante presentará ante el Servicio de Impuestos Internos una declaración rectificatoria por el AT 2018, conforme a las bases propuestas. Materia Conciliable Dejar sin efecto la Liquidación reclamada en los siguientes términos: 1) Que se acepte el crédito al Impuesto Global Complementario por el Impuesto de Primera Categoría ascendente a la suma de $3.086.010, con devolución, en los términos informados en la respectiva DJ 1941. 2) Que se rechace el crédito al Impuesto Global Complementario por el Crédito de Primera Categoría ascendente a la suma de $1.056.275. 3) La presentación de declaración rectificatoria del AT 2018. Documentos del proceso en que se basa la Conciliación - Liquidación N°280400912, de fecha 26.07.2021, de fojas 4-5 vta. - Declaración Jurada 1941, de fojas 6-8 vta. -Situación Tributaria de Retiros, de fojas 38 Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 27-01-2022. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 03d594ea03ec4fa1a5ee5d3d4c2ec216 Timbre Electrónico RESULTADO: La parte reclamante, debidamente representada con facultades suficientes, acepta las bases de arreglo propuestas por el Tribunal. La parte reclamada, debidamente representada con facultades suficientes, acepta las bases de arreglo propuestas por el Tribunal, sobre la base de los mismos fundamentos de hecho y de derecho señalados en las Bases propuestas por el Tribunal. Atendido lo obrado en la presente audiencia, las Bases de Conciliación propuestas por el Tribunal y la aceptación expresa de ambas partes, conforme lo dispuesto en el artículo 132 bis del Código Tributario, el Tribunal procede a aprobar la presente Conciliación. Las partes declaran que cada una de ellas se hace cargo de sus costas, y que renuncian a los recursos que pudiesen existir para impugnar la resolución que aprueba esta conciliación. Se deja expresa constancia que las partes presentes en esta audiencia se notifican en este acto en forma personal de la precedente conciliación. Con lo obrado se pone término a la Audiencia de Conciliación, siendo las 10:28 horas. Certificación Ministro de fe: Certifico la comparecencia de los abogados don Marco González Guerrero, RUT 17.706.224-3 y doña Chantal Ronzier Maggiolo, RUT 10.908.640-1, a la presente audiencia efectuada vía remota. Valparaíso, veintisiete de enero de dos mil veintidós. Ricardo Antonio Espinoza Astudillo. Ministro de fe. Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal de Valparaiso Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 27-01-2022. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 03d594ea03ec4fa1a5ee5d3d4c2ec216 Timbre Electrónico 2022-01-27T15:44:02-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.