Reclamo tributario: resolución
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT GR-14-00095-2023 · 16 de agosto de 2024
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
- RIT
- GR-14-00095-2023
- RUC
- 23-9-0000921-0
- Fecha
- Materia
- Resolución
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Conciliación
Normas que aplica
Texto de la sentencia
AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN (RUC 23-9-0000921-0)
INMOBILIARIA QUILLOTA TERRANOVA LIMITADA
RUT N°76.722.048-0
En la ciudad de Valparaíso, República de Chile, a dieciséis de agosto
de dos mil veinticuatro, siendo el día y hora fijado a fojas 34, se lleva a efecto la
audiencia de conciliación por vía remota, en presencia de la Jueza (S) del Tribunal
Tributario y Aduanero de Valparaíso, doña Lily Paola Feliú Azzar, y del ministro de
fe, don Guillermo Bastías Vera.
Comparece por la parte reclamante INMOBILIARIA QUILLOTA
TERRANOVA LIMITADA, RUT 76.722.048-0, representada por su abogado don
Gastón Javier Bore Bacigaluppi, RUT 15.326.093-1, y con la asistencia de la parte
reclamada, SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DIRECCIÓN REGIONAL DE
VALPARAÍSO, representada por su abogado, don Franco Alejandro Ramírez
Donoso, RUT 15.080.544-9, todos ya debidamente individualizados en autos
Que habiendo escuchado previamente el Tribunal a las partes y
teniendo en especial consideración los argumentos esgrimidos por ambas y lo
manifestado por la reclamada en orden a que la contribuyente para el ejercicio
comercial 2025, puede ser recalificada y volver al régimen tributario Pro-Pyme 14 D3
de la ley sobre impuesto a la Renta, previa solicitud a presentar por la contribuyente
conforme a las normas que regulan dicho régimen, se proponen las siguientes bases
de arreglo:
Acto Reclamado Resolución Exenta 77323121373 de 29 de junio de
2023, notificada por cédula, con fecha 3 de julio del
2023. Resolución que declaró NO HA LUGAR a la
solicitud de cambio de régimen de tributación al
Régimen Pro-Pyme General del artículo 14 D) N°3
del Ley sobre Impuesto a la Renta, efectuada por la
Documento firmado electrónicamente por don/ña Lily Paola Feliu Azzar, el 16-08-2024.
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Que, como consecuencia de lo anterior, se propone la conciliación total
en la presente causa en los términos antes detallados.
RESULTADO:
Las partes, debidamente representadas con facultades suficientes,
aceptan las bases de arreglo propuestas por el Tribunal.
Atendido lo obrado en la presente audiencia y conforme lo dispuesto
en el artículo 132 bis del Código Tributario, se deja constancia de los fundamentos
de hecho y de derecho de las Bases de arreglo propuestas por el Tribunal y de su
aceptación por las partes del proceso.
Se deja constancia que cada parte se hace cargo de sus costas, y que
renuncian a los recursos que pudiesen existir para impugnar la resolución que
aprueba esta conciliación.
Entiéndase notificadas con esta fecha las partes en forma personal de
la presente acta de conciliación total.
Con lo obrado se pone término a la Audiencia de Conciliación, siendo
las 10:18 horas.
Certificación Ministro de fe: Certifico la comparecencia de los abogados don Gastón
Javier Bore Bacigaluppi, RUT 15.326.093-1, y don Franco Alejandro Ramírez
contribuyente INMOBILIARIA QUILLOTA
TERRANOVA LIMITADA por medio de la petición
administrativa folio 77323102898 de fecha 03 de
mayo 2023.
Materia Conciliable Atendido lo indicado por la reclamada en orden a que
la contribuyente para el ejercicio comercial 2025,
puede ser recalificada y volver al régimen tributario
Pro-Pyme 14 D3 de la ley sobre impuesto a la Renta,
previa solicitud a presentar por la contribuyente
conforme a las normas que regulan dicho régimen, la
reclamante acepta los términos de la resolución
impugnada.
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Donoso, RUT 15.080.544-9, a la presente audiencia efectuada vía remota.
Valparaíso, dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro. Ministro de fe
DISTRIBUCIÓN:
-Expediente
-Libro de sentencias
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Lily Paola Feliu Azzar
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Avanzada
Juez(S) Tribunal de Valparaiso
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2024-08-16T11:52:53-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.