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Folium

Reclamo aduanero: otras actuaciones base tributos

Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT GR-14-00012-2024 · 12 de agosto de 2025

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
RIT
GR-14-00012-2024
RUC
24-9-0000079-3
Fecha
Materia
Otras actuaciones base tributos
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
Conciliación

Texto de la sentencia

AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN (24-9-0000079-3) En la ciudad de Valparaíso, República de Chile, a doce de agosto de dos mil veinticinco, siendo el día y hora fijado a fojas 590, se lleva a efecto la audiencia de conciliación por vía remota, en presencia en presencia del Juez del Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso, don Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, y de la Ministro de Fe, doña Milena Raquel Zamora Albornoz Comparece, por la parte reclamante COMERCIAL E INVERSIONES BARLOVENTO LIMITADA, RUT N° 79.587.250-7, representada por su apoderado, el abogado don PAUL ANDRÉS NUMHAUSER BUSTAMANTE, RUT: 19.244.957-K, DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZÁLEZ, RUT 15.359.254-3 y con la asistencia de la parte reclamada, DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS, representada por su apoderado, el abogado don VÍCTOR HUGO DE LA PARRA VERA, RUT 09.850.534-2, todos ya debidamente individualizados en autos. Que habiendo escuchado previamente a las partes y teniendo en especial consideración los argumentos esgrimidos por ellas, el Tribunal propone las siguientes bases de arreglo: Acto Reclamado Resolución N°4437, de fecha 19 de diciembre de 2023, recaída en contra del recurso jerárquico interpuesto por su parte, con fecha 02 de junio de 2023, relacionado con la solicitud de eximición o rebaja del recargo del artículo 154 de la Ordenanza de Aduanas. Materia Conciliable Dejar sin efecto el acto administrativo impugnado, toda vez que la reclamada ha aceptado que concurren en la especie las circunstancias descritas en la Resolución exenta Nº1179 de fecha 18 de marzo de 2020 y modificada por Resolución exenta Nº1556 de fecha 17 de abril de 20201, en su numeral 3º, en los términos que se indican más adelante. RESULTADO: Sobre la base de los antecedentes antes mencionados, las partes aceptan las siguientes bases de acuerdo: Dejar sin efecto la resolución impugnada, y en su reemplazo aceptar eximir al reclamante del recargo establecido en el artículo 154 de la Ordenanza de Aduanas (o conceder al reclamante una rebaja del recargo establecido en el artículo 154 de la Ordenanza de Aduanas en un porcentaje equivalente al 50% del valor aplicado), lo anterior considerando la regulación reglamentaria contenida en la Resolución Exenta Nº1179 de fecha 18 de marzo de 2020 y modificada por Resolución exenta Nº1556 de fecha 17 de abril de 2021. Quedando en relación a los montos conforme el siguiente cuadro: Documentos del proceso en que se basa la Conciliación 1. Solicitud de eximición o rebaja del artículo 154, de fojas 12 a 16 vuelta. 2. Resolución Exenta Nº4178, de fojas 17. 3. Copia de Recurso jerárquico, de fojas 18 a 23. 4. Resolución Exenta N°4437, de fojas 25 a 25 vuelta. 5. Balance tributario año 2021, de fojas 26 a 27. 6. Balance tributario año 2022, de fojas 28 a 29. 7. DAPI pagadas por Comercial e Inversiones Barlovento Limitada, durante el período 2020-2023, de fojas 30 a 49 vuelta. 8. DICOM de la empresa Comercial e Inversiones Barlovento Limitada, de fojas 50 a 52. 9. Copia de Resolución Exenta N°1551, de fojas 57 a 57 vuelta. 10. Copia de Resolución Exenta N°3528, de fojas 58 a 64 vuelta. Las partes, debidamente representadas con facultades suficientes, aceptan las bases de arreglo propuestas por el Tribunal. Se deja constancia que cada parte se hace cargo de sus costas y que renuncian a los recursos que pudiesen existir para impugnar la resolución que aprueba esta conciliación. Las partes se entienden notificadas personalmente en esta audiencia. Además, las partes acuerdan la aceptación de la renuncia de la acción penal en un monto de $21.484.518, correspondiente al 5% del valor de la mercancía, que se encuentra ventilado ante el Juzgado de Garantía de San Antonio Causa RIT 7504- 2022; RUC 2210042331-K, que debe ser autorizada por la Fiscalía Local de San Antonio, obligándose las partes a poner fin a la misma, producto del presente acuerdo. Con lo obrado se pone término a la Audiencia de Conciliación, siendo las 10:30 horas. Certificación Ministro de fe: Certifico la comparecencia a la presente audiencia de los abogados don Paul Andrés Numhauser Bustamante, Rut: 19.244.957-K, Daniel Ignacio Oksenberg González, Rut 15.359.254-3 y de don Víctor Hugo De la Parra vera, Rut 09.850.534-2, a la presente audiencia efectuada vía remota. Valparaíso, a doce de agosto de dos mil veinticinco. Milena Raquel Zamora Albornoz, Ministro de fe. DISTRIBUCIÓN: -Expediente -Reclamante -Libro de sentencias Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal de Valparaiso 2025-08-12T12:09:35-0400 LILY FELIU AZZAR 2025-08-12T12:41:08-0400 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.