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Infracciones aduaneras: artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas

Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT IA-14-00050-2024 · 11 de septiembre de 2024

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
RIT
IA-14-00050-2024
RUC
24-9-0000489-2
Fecha
Materia
Artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
Conciliación

Texto de la sentencia

1 CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A RUT N°93.458.000-1 Valparaíso, once de septiembre de dos mil veinticuatro. A SUS ANTECEDENTES Resolución sin número ni fecha mediante la cual el Director Regional de Aduanas de Valparaiso, aprueba las bases de conciliación propuestas en audiencia realizada con fecha 27.08.2024 en estos autos, agregada a fojas 68 a 72. VISTO Y CONSIDERANDO: 1. Que a fojas 1 y siguientes compareció don Camilo Naranjo Arias, abogado, en representación de CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A, RUT N°93.458.000-1, ambos con domicilio en El Golf 150, piso 14, comuna de Las Condes, Santiago, quien interpuso reclamo en Procedimiento infraccional aduanero en contra del Denuncia N°1369322 de fecha 21.12.2023, emitida por el Servicio de Aduanas Dirección Regional de Valparaíso y su correspondiente Giro N°2168023 de fecha 14.03.2024, correspondiente a las mercancías contenidas en la Declaración Única de Salida N°11085724-1. 2. Que a fojas 23, compareció doña Loreto Lizana Valle, abogada, en representación del SERVICIO DE ADUANAS, DIRECCIÓN REGIONAL DE VALPARAÍSO. 3. Que a fojas 63 y 64 vuelta, consta que este Tribunal propuso las Bases de arreglo que se indican en la respectiva Acta de Audiencia de Conciliación, las cuales fueron aceptadas por las partes, debidamente representadas con facultades suficientes, acordándose conciliar totalmente la materia sometida a conocimiento de este Tribunal y, en consecuencia, dejar sin efecto la Denuncia N°1369322 de fecha 21.12.2023, emitida por el Servicio de Aduanas Dirección Regional de Valparaíso y su correspondiente Giro N°2168023 de fecha 14.03.2024. 4. Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas, habiendo sido notificado de la referida acta de conciliación de fecha 27.08.2024, rolante a fojas 63 a 64 vuelta de autos, el Director Regional de Aduanas de Valparaiso se pronunció a través de Resolución Exenta sin número de fojas 70 a 72, manifestando su aprobación conforme a los fundamentos de hecho y de derecho que indica. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en la Ley Nº21.039 que Perfecciona la Justicia Tributaria y Aduanera, y los artículos 128 y 128 bis de la Ordenanza de Aduanas y demás normas pertinentes; Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 11-09-2024. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación e14ff27e5fca4b139ce49d7c20e29d47 Timbre Electrónico 2 SE RESUELVE: 1. TÉNGASE POR APROBADA LA CONCILIACIÓN acordada por las partes, en todo lo que no fuere contrario a derecho, y téngase esta resolución como sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas. 2. DÉJESE SIN EFECTO la Denuncia N°1369322 de fecha 21.12.2023, emitida por el Servicio de Aduanas Dirección Regional de Valparaíso y su correspondiente Giro N°2168023 de fecha 14.03.2024, correspondiente a las mercancías contenidas en la Declaración Única de Salida N°11085724-1, toda vez que el exportador no ha sido válidamente notificado de la citada denuncia infringiéndose lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes de Ordenanza de Aduanas, en relación al acápite 2.3.1.4 letra a) del Capítulo III, del Manual de Pago y afectándose gravemente su derecho a defensa en el procedimiento administrativo de aplicación de la sanción reclamada. 3. OFÍCIESE a la Tesorería General de la Republica y al Servicio de Aduanas Dirección Regional de Valparaíso para los efectos de dejar sin efecto el Giro Nº2168023 de fecha 14.03.2024. NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE y, en su oportunidad, CERTIFÍQUESE y ARCHÍVESE. DÉJESE testimonio. DESE aviso. RUC : 24-9-0000489-2 RIT : IA-14-00050-2024 PRONUNCIADA POR EL JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE VALPARAÍSO DON MARCELO ALEJANDRO VALDOVINOS RÍOS. AUTORIZA LA SECRETARIA ABOGADA TITULAR DOÑA LILY PAOLA FELIÚ AZZAR. MVR/PFA/TVY Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal de Valparaiso Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 11-09-2024. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación e14ff27e5fca4b139ce49d7c20e29d47 Timbre Electrónico 2024-09-11T11:50:19-0300 LILY FELIU AZZAR 2024-09-11T12:25:11-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.