Vulneración de derechos: artículo 19 N° 24 de la Constitución
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT VD-14-00012-2025 · 22 de abril de 2025
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
- RIT
- VD-14-00012-2025
- RUC
- 25-9-0000161-8
- Fecha
- Materia
- Artículo 19 N° 24 de la Constitución
- Servicio
- Servicio Nacional de Aduanas
- Resultado
- Conciliación
Texto de la sentencia
AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN (25-9-0000161-8)
En la ciudad de Valparaíso, República de Chile, a veintidós de
abril de dos mil veinticinco, siendo el día y hora fijado a fojas 36, se lleva a efecto la
audiencia de conciliación por vía remota, en presencia del Juez Titular del Tribunal
Tributario y Aduanero de Valparaíso, don Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos y, de
la Ministra de fe, doña Catalina Alejandra Cornejo Contreras, Resolutora.
Comparece por la parte reclamante AGRÍCOLA LLAHUEN S.A.,
RUT N°78.295.150-5, representado por su apoderada la abogada doña JAVIERA
CONTRERAS FRANICHEVIC, RUT N°19.151.008-9; y con la asistencia de la parte
reclamada, SERVICIO DE ADUANAS DIRECCIÓN REGIONAL DE LOS ANDES,
representada por su apoderado el abogado don RUBÉN FRANCISCO SEPÚLVEDA
ZAMUDIO, RUT N°9.847.073-5, todos ya debidamente individualizados en autos.
Que habiendo escuchado previamente el Tribunal a las partes, y
teniendo especial consideración el fundamento de la actuación impugnada, se deja
constancia de las siguientes bases de arreglo:
Acto Reclamado Resolución Exenta Nº 270 de fecha 31.01.2025,
emitida por el Señor Director Regional (S) de Aduanas
Los Andes.
Materia Conciliable Dejar sin efecto la Resolución Exenta N°270 de fecha
31.01.2025, y en consecuencia las Denuncias Nºs
1322222,1322226 y 1322228 y Giros F-16 2211620,
2211622 y 2211623, atendida la falta de
emplazamiento a la audiencia citada para el día
BASES DE ARREGLO:
Que, considerando lo dispuesto en el artículo 128 bis de la
Ordenanza de Aduanas, con el acuerdo de las partes, se proponen las siguientes
Bases de Arreglo: Dejar sin efecto la Resolución Exenta N°270 de fecha 31.01.2025,
y en consecuencia las Denuncias N°s 1322222; 1322226 y 1322228 y sus
respectivos Giros F-16 2211620; 2211622 y 2211623, atendida la falta de
emplazamiento a la audiencia citada para el día 16.09.2024, según consta en
seguimiento de correos, acompañados a fojas 7 a 9.
RESULTADO:
Las partes, debidamente representadas con facultades
suficientes, aceptan las bases de arreglo.
Atendido lo obrado en la presente audiencia y conforme lo
dispuesto en el artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas, se deja constancia que
cada parte se hace cargo de sus costas, y que renuncian a los recursos que pudiesen
existir para impugnar la resolución que aprueba esta conciliación.
16.09.2024, según consta en seguimiento de
correos.
Documento del proceso
en que se basa la
Conciliación
Resolución Exenta N°270, de fecha 31.01.2025,
acompañada a fojas 6; Seguimiento de correos,
acompañados a fojas 7 a 9; Formularios de
Denuncias, acompañados a fojas 16 a 18 y Giros,
acompañados a fojas 13 a 15.
A su vez, se deja expresa constancia que las partes presentes en
esta audiencia se notifican en este acto en forma personal de la precedente
conciliación.
Con lo obrado se pone término a la presente Audiencia de
Conciliación, siendo las 10:11 horas.
Certificación Ministra de fe: Certifico la comparecencia de los abogados doña
Javiera Contreras Franichevic, RUT N°19.151.008-9; y don Rubén Francisco
Sepúlveda Zamudio, RUT N°9.847.073-5, a la presente audiencia efectuada vía
remota. Valparaíso, veintidós de abril de dos mil veinticinco. Catalina Alejandra
Cornejo Contreras. Ministra de fe.
Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
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Avanzada
Juez Tribunal de Valparaiso
2025-04-22T15:06:31-0400
LILY FELIU AZZAR
2025-04-22T18:36:09-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.