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Vulneración de derechos: artículo 19 N° 24 de la Constitución

Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT VD-14-00012-2025 · 22 de abril de 2025

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
RIT
VD-14-00012-2025
RUC
25-9-0000161-8
Fecha
Materia
Artículo 19 N° 24 de la Constitución
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
Conciliación

Texto de la sentencia

AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN (25-9-0000161-8) En la ciudad de Valparaíso, República de Chile, a veintidós de abril de dos mil veinticinco, siendo el día y hora fijado a fojas 36, se lleva a efecto la audiencia de conciliación por vía remota, en presencia del Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso, don Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos y, de la Ministra de fe, doña Catalina Alejandra Cornejo Contreras, Resolutora. Comparece por la parte reclamante AGRÍCOLA LLAHUEN S.A., RUT N°78.295.150-5, representado por su apoderada la abogada doña JAVIERA CONTRERAS FRANICHEVIC, RUT N°19.151.008-9; y con la asistencia de la parte reclamada, SERVICIO DE ADUANAS DIRECCIÓN REGIONAL DE LOS ANDES, representada por su apoderado el abogado don RUBÉN FRANCISCO SEPÚLVEDA ZAMUDIO, RUT N°9.847.073-5, todos ya debidamente individualizados en autos. Que habiendo escuchado previamente el Tribunal a las partes, y teniendo especial consideración el fundamento de la actuación impugnada, se deja constancia de las siguientes bases de arreglo: Acto Reclamado Resolución Exenta Nº 270 de fecha 31.01.2025, emitida por el Señor Director Regional (S) de Aduanas Los Andes. Materia Conciliable Dejar sin efecto la Resolución Exenta N°270 de fecha 31.01.2025, y en consecuencia las Denuncias Nºs 1322222,1322226 y 1322228 y Giros F-16 2211620, 2211622 y 2211623, atendida la falta de emplazamiento a la audiencia citada para el día BASES DE ARREGLO: Que, considerando lo dispuesto en el artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas, con el acuerdo de las partes, se proponen las siguientes Bases de Arreglo: Dejar sin efecto la Resolución Exenta N°270 de fecha 31.01.2025, y en consecuencia las Denuncias N°s 1322222; 1322226 y 1322228 y sus respectivos Giros F-16 2211620; 2211622 y 2211623, atendida la falta de emplazamiento a la audiencia citada para el día 16.09.2024, según consta en seguimiento de correos, acompañados a fojas 7 a 9. RESULTADO: Las partes, debidamente representadas con facultades suficientes, aceptan las bases de arreglo. Atendido lo obrado en la presente audiencia y conforme lo dispuesto en el artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas, se deja constancia que cada parte se hace cargo de sus costas, y que renuncian a los recursos que pudiesen existir para impugnar la resolución que aprueba esta conciliación. 16.09.2024, según consta en seguimiento de correos. Documento del proceso en que se basa la Conciliación Resolución Exenta N°270, de fecha 31.01.2025, acompañada a fojas 6; Seguimiento de correos, acompañados a fojas 7 a 9; Formularios de Denuncias, acompañados a fojas 16 a 18 y Giros, acompañados a fojas 13 a 15. A su vez, se deja expresa constancia que las partes presentes en esta audiencia se notifican en este acto en forma personal de la precedente conciliación. Con lo obrado se pone término a la presente Audiencia de Conciliación, siendo las 10:11 horas. Certificación Ministra de fe: Certifico la comparecencia de los abogados doña Javiera Contreras Franichevic, RUT N°19.151.008-9; y don Rubén Francisco Sepúlveda Zamudio, RUT N°9.847.073-5, a la presente audiencia efectuada vía remota. Valparaíso, veintidós de abril de dos mil veinticinco. Catalina Alejandra Cornejo Contreras. Ministra de fe. Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal de Valparaiso 2025-04-22T15:06:31-0400 LILY FELIU AZZAR 2025-04-22T18:36:09-0400 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.