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Infracciones aduaneras: artículo 175 de la Ordenanza de Aduanas

Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT IA-14-00030-2025 · 28 de julio de 2025

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
RIT
IA-14-00030-2025
RUC
25-9-0000329-7
Fecha
Materia
Artículo 175 de la Ordenanza de Aduanas
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
Conciliación

Texto de la sentencia

1 FUENZALIDA POLANCO RICARDO RUT N° 4.639.391-0 Valparaíso, veintiocho de julio de dos mil veinticinco. A SUS ANTECEDENTES Resolución Nº2144/24.07.2025, del Director Regional de Aduanas (S) de Los Andes, aprueba las bases de conciliación propuestas en audiencia realizada con fecha 22.07.2025 en estos autos, agregada a fojas 57 a 58. VISTO Y CONSIDERANDO: 1. Que a fojas 1 y siguientes compareció don, LUIS MONDACA MUÑOZ, RUT 11.621.438-5, abogado, en representación de FUENZALIDA POLANCO RICARDO, RUT 4.639.391-0, ambos con domicilio en Almirante Señoret Nº70, oficina 95, Valparaíso, quien interpuso reclamo en Procedimiento infraccional aduanero en contra de Multa aplicada en la Denuncia N°1449146 de fecha 18.02.2025 por el Servicio de Aduanas de Los Andes, correspondiente a las mercancías contenidas en la Declaración de Ingreso N°1540715937-0 de fecha 14.02.2025. 2. Que a fojas 29, compareció don RUBEN SEPULVEDA ZAMUDIO, abogado, en representación del SERVICIO DE ADUANAS, DIRECIÓN REGIONAL DE LOS ANDES. 3. Que a fojas 57 a 58, consta que, este Tribunal propuso las Bases de arreglo que se indican en la respectiva Acta de Audiencia de Conciliación, las cuales fueron aceptadas por las partes, debidamente representadas con facultades suficientes, acordándose conciliar totalmente la materia sometida a conocimiento de este Tribunal y, en consecuencia, dejar sin efecto la Multa aplicada en la Denuncia N°1449146 de fecha 18.02.2025, emitida por el Servicio de Aduanas Dirección Regional de Los Andes, correspondiente a las mercancías contenidas en la Declaración de Ingreso N°1540715937- 0 de fecha 14.02.2025, toda vez que se ha acreditado que don Benedicto Aguado Caton, RUT 10.677.335-1, era el representante legal de la importadora a la fecha de la importación. 4. Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas, habiendo sido notificado de la referida acta de conciliación de fecha 22.07.2025, rolante a fojas 57 a 58 de autos, el Director Regional de Aduanas de Los Andes, se pronunció a través de Resolución Exenta Nº2144/24.07.2025, de fojas 57 a 58, manifestando su aprobación conforme a los fundamentos de hecho y de derecho que indica. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en la Ley Nº21.039 que Perfecciona la Justicia Tributaria y Aduanera, y los artículos 128 y 128 bis de la Ordenanza de Aduanas y demás normas pertinentes; 2 SE RESUELVE: 1. TÉNGASE POR APROBADA LA CONCILIACIÓN acordada por las partes, en todo lo que no fuere contrario a derecho, y téngase esta resolución como sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas. 2. DÉJESE SIN EFECTO la Multa aplicada en la Denuncia N°1449146 de fecha 18.02.2025, emitida por el Servicio de Aduanas Dirección Regional de Los Andes, correspondiente a las mercancías contenidas en la Declaración de Ingreso N°1540715937-0 de fecha 14.02.2025, toda vez que se ha acreditado que don Benedicto Aguado Caton, RUT 10.677.335-1, era el representante legal de la importadora a la fecha de la importación. NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE y, en su oportunidad, CERTIFÍQUESE y ARCHÍVESE. DÉJESE testimonio. DESE aviso. RUC : 25-9-0000329-7 RIT : IA-14-00030-2025 PRONUNCIADA POR EL JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE VALPARAÍSO DON MARCELO ALEJANDRO VALDOVINOS RÍOS. AUTORIZA LA SECRETARIA ABOGADA TITULAR DOÑA LILY PAOLA FELIÚ AZZAR. MVR/PFA/TVY Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal de Valparaiso 2025-07-28T10:30:27-0400 LILY FELIU AZZAR 2025-07-28T12:22:48-0400 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.