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Folium

Reclamo tributario: giro

Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT GR-14-00116-2025 · 8 de septiembre de 2026

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
RIT
GR-14-00116-2025
RUC
25-9-0001227-6
Fecha
Materia
Giro
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Conciliación

Normas que aplica

Texto de la sentencia

AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN (25-9-0001227-6) DISTRIBUIDORA FLORES VILLEGAS LIMITADA RUT N°76.965.109-8 En la ciudad de Valparaíso, República de Chile, a ocho de septiembre de dos mil veintiséis, siendo el día y hora fijado a fojas 113, se lleva a efecto la audiencia de conciliación por vía remota, en presencia del Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso, don Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, y del ministro de fe, don Guillermo Bastías Vera. Comparece por la parte reclamante DISTRIBUIDORA FLORES VILLEGAS LIMITADA, RUT: 76.965.109-8, representada por su abogado don Álvaro Magasich Airola, RUT: 9.749.651-K; y con la asistencia de la parte reclamada, SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DIRECCIÓN REGIONAL DE VALPARAÍSO, representado por su abogada doña Chantal Ronzier Maggiolo, RUT:10.908.640-1, todos ya debidamente individualizados en autos. Que habiendo escuchado previamente el Tribunal a las partes y teniendo en especial consideración los argumentos esgrimidos por ambas y lo manifestado por la reclamada en orden a que, en vista de los antecedentes acompañados por la reclamante en instancia judicial a fojas 15 a 47, y 91 a 92, específicamente las custodias 1/1 del 2026 y 1/2 del 2026 (consistentes en 5 Archivadores, 4 carpetas, y 7 libros), el Servicio realizó una revisión aleatoria de los periodos en cuestión atendido el volumen de la documentación emitida por el contribuyente, concluyendo que no existe una subdeclaración de ingresos. Lo anterior se encuentra en concordancia con el hecho de que los proveedores electrónicos realizaron una nueva carga al sistema en el registro de ventas del contribuyente producto de lo cual se liberó la observación por subdeclaración de débito fiscal en los periodos agosto a diciembre de 2022, abril, junio y julio 2023, por tanto, se proponen las siguientes bases de arreglo: RESULTADO: Que, como consecuencia de lo anterior, se propone la conciliación total en la presente causa en los términos antes detallados. RESULTADO: Las partes, debidamente representadas con facultades suficientes, aceptan las bases de arreglo propuestas por el Tribunal. Atendido lo obrado en la presente audiencia y conforme lo dispuesto en el artículo 132 bis del Código Tributario, se deja constancia de los fundamentos de hecho y de derecho de las Bases de arreglo propuestas por el Tribunal y de su aceptación por las partes del proceso. Se deja constancia que cada parte se hace cargo de sus costas, y que renuncian a los recursos que pudiesen existir para impugnar la resolución que aprueba esta conciliación. Entiéndase notificadas con esta fecha las partes en forma personal de la presente acta de conciliación total. Con lo obrado se pone término a la Audiencia de Conciliación, siendo las 10:18 horas. Certificación Ministro de fe: Certifico la comparecencia de los abogados don Álvaro Magasich Airola, RUT: 9.749.651-K, y doña Chantal Ronzier Maggiolo, RUT:10.908.640-1, a la presente audiencia efectuada vía remota. Valparaíso, ocho de septiembre de dos mil veintiséis. Ministro de fe. Acto Reclamado Giros Folios N°s 12424025, 12424059, 12424043, 12424039, 12424063, 12424069, 12424023 y 12424019, todos notificados el 23 de mayo de 2025. Materia Conciliable Atendido lo indicado por las partes en orden a que no existe subdeclaración de débito fiscal, se dejan sin efecto los giros reclamados. Cuantía Neta UTM 1903,6 Multa UTM 0 Reajuste UTM 237,99 Intereses UTM 690,88 Cuantía Bruta UTM 2832,47 Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal de Valparaiso 2026-09-08T13:40:01-0300 Lily Paola Feliú Azzar 2026-09-08T17:08:54-0300 Chile Firma Avanzada TTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.