Sentencia
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT SD-14-00142-2025 · 28 de octubre de 2025
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
- RIT
- SD-14-00142-2025
- RUC
- 25-9-0001405-8
- Fecha
- Servicio
- Servicio Nacional de Aduanas
- Resultado
- Inadmisible
Texto de la sentencia
Valparaíso, veintiocho de octubre de dos mil veinticinco.
Proveyendo el reclamo de fojas 1 y siguientes: Atendido que la
acción de autos se interpone en “Procedimiento Especial para el reclamo de sanciones
disciplinarias”, fundado en los artículos 186 bis y 202 ambos de la Ordenanza de Aduanas,
y se dirige en contra de una multa según indica equivalente a 180 Unidades Tributarias
Mensuales, como así también en contra de una medida disciplinaria de suspensión, ambas
presuntamente aplicadas en la Resolución Exenta Nº 4251, de fecha 14.10.2025, notificada
por correo electrónico con fecha 16.10.2025, la cual niega lugar a la reposición interpuesta
en contra de la Resolución Exenta N°3782 de fecha 09.09.2025, y teniendo en
consideración que el artículo 202 de la Ordenanza de Aduanas, en su parte pertinente,
dispone que: “Los despachadores, los apoderados especiales y los auxiliares que tengan
registrados o hayan debido registrar ante la Aduana, podrán reclamar ante el Tribunal
Tributario y Aduanero de la resolución que aplique sanciones de suspensión del ejercicio
de la función y de cancelación de la licencia, nombramiento o permiso, que les haya
sido impuesta por el Director Nacional de Aduanas en ejercicio de la jurisdicción
disciplinaria que sobre ellos le confiere el artículo anterior”, sin embargo, de la revisión de
los actuaciones impugnadas acompañadas a fojas 6 a 11 vta., queda de manifiesto que la
hipótesis contemplada en la referida norma legal no se configura en autos, por cuanto
en las Resoluciones 4251/14.10.2025 y 3782/ 09.09.2025, consta que solo se aplica y
mantiene afirme, en su caso, únicamente la medida disciplinaria de multa de 20 UTM; por
lo que teniendo presente lo que dispone el artículo 202 de la Ordenanza de Aduanas, SE
RESUELVE: DECLÁRESE INADMISIBLE el RECLAMO de fojas 1 y siguientes POR
IMPROCEDENTE; AL PRIMER OTROSÍ: TÉNGASE por acompañados, con citación, los
documentos de fojas 6 a 15; AL SEGUNDO Y TERCER OTROSÍ: TÉNGASE presente.
NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE y, en su oportunidad, ARCHÍVESE.
DÉJESE testimonio.
RUC : 25-9-0001405-8
RIT : SD-14-00142-2025
PRONUNCIADA POR EL JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO
DE VALPARAÍSO DON MARCELO ALEJANDRO VALDOVINOS RÍOS. AUTORIZA LA
SECRETARIA ABOGADA TITULAR DOÑA LILY PAOLA FELIÚ AZZAR.
MVR/PFA/MZA
Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
Incorpora Firma Electrónica
Juez Tribunal de Valparaiso
2025-10-28T16:40:01-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.