Infracciones aduaneras: artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT IA-14-00153-2025 · 15 de junio de 2026
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
- RIT
- IA-14-00153-2025
- RUC
- 25-9-0001505-4
- Fecha
- Materia
- Artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas
- Servicio
- Servicio Nacional de Aduanas
- Resultado
- Conciliación
Texto de la sentencia
1
STEPHENS SOTOMAYOR, JUAN SEBASTIAN
RUT N° 10.284.703-2
Valparaíso, quince de junio de dos mil veintiséis.
A SUS ANTECEDENTES Oficio Ordinario N°435, de fecha 11 de junio
de 2026 mediante la cual el Director Regional Aduana Valparaíso Sr. Braulio Cubillos
Segovia, aprueba las bases de conciliación propuestas en audiencia realizada con fecha 26
de mayo de 2026 en estos autos, agregada a fojas 32 a 33.
VISTO Y CONSIDERANDO:
1. Que a fojas 1 y siguientes compareció don Luis Mondaca
Muñoz, abogado, RUT N°11.621.438-5, en representación de JUAN SEBASTIAN
STEPHENS SOTOMAYOR, RUT N°10.284.703-2, Agente de Aduana, ambos domiciliados
para estos efectos en Almirante Señoret N°70, Oficina 95, Valparaíso, quien interpuso
Reclamo Infraccional Aduanero en contra de la multa aplicada en el formulario de denuncia
N° 1509950 de fecha 12.11.2025 por la Dirección Regional de Adunas de Valparaíso.
2. Que a fojas 15 a 15 vuelta, compareció doña Catalina Triviño
Saavedra, abogada, en representación del SERVICIO DE ADUANAS, DIRECCIÓN
REGIONAL DE VALPARAÍSO.
3. Que a fojas 26 a 28, consta que, este Tribunal propuso las
Bases de arreglo que se indican en la respectiva Acta de Audiencia de Conciliación, las
cuales fueron aceptadas por las partes, debidamente representadas con facultades
suficientes, acordándose conciliar totalmente la materia sometida a conocimiento de este
Tribunal y, en consecuencia, dejar sin efecto la Denuncia N°1509950, de fecha 12.11.2025,
emitida por la Dirección Regional de Aduana de Valparaíso en contra de don Juan Sebastián
Stephens Sotomayor, RUT N°10.284.703-2, Agente de Aduana, por cuanto, “conforme al
Capítulo 3 numeral 11.3.2 y Capítulo 5 numeral 3.2.9.1, ambos del Compendio de Normas
Aduanera no existe normativa legal o reglamentaria vigente que describa y sancione
expresamente la conducta definida en el formulario de denuncia N°1509950, de fecha
12.11.2025, ni que a su vez encuadre el hecho denunciado en algunas de las normas citadas
por el Servicio Fiscalizador en dicho formulario.”
4. Que, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del
artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas, habiendo sido notificado de la referida acta de
conciliación de fecha 26.05.2026, rolante a fojas 26 a 28, el Director Regional de Aduanas
de Valparaíso, se pronunció a través del Oficio 435, de fojas 33, manifestando su aprobación
conforme a los fundamentos de hecho y de derecho que indica.
2
Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en la Ley Nº21.039 que
Perfecciona la Justicia Tributaria y Aduanera, y los artículos 128 y 128 bis de la Ordenanza
de Aduanas y demás normas pertinentes;
SE RESUELVE:
1. TÉNGASE POR APROBADA LA CONCILIACIÓN acordada
por las partes, en todo lo que no fuere contrario a derecho, y téngase esta resolución como
sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales, de conformidad a lo dispuesto en el
artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas.
2. DÉJESE SIN EFECTO sin efecto la Denuncia N°1509950, de
fecha 12.11.2025, emitida por la Dirección Regional de Aduana de Valparaíso en contra de
don Juan Sebastián Stephens Sotomayor, RUT N°10.284.703-2, Agente de Aduana, por los
fundamentos antes expuestos.
NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE y, en su oportunidad, CERTIFÍQUESE y
ARCHÍVESE. DÉJESE testimonio.
RUC : 25-9-0001505-4
RIT : IA-14-00153-2025
PRONUNCIADA POR EL JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE
VALPARAÍSO DON MARCELO ALEJANDRO VALDOVINOS RÍOS. AUTORIZA LA
SECRETARIA ABOGADA TITULAR DOÑA LILY PAOLA FELIÚ AZZAR.
MVR/PFA/MZA
Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
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Avanzada
Juez Tribunal de Valparaiso
2026-06-15T13:20:38-0400
Lily Paola Feliú Azzar
2026-06-15T13:28:38-0400
Chile
Firma Avanzada TTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.