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Escritos por resolver: cómo saber si el tribunal ya proveyó tu escrito

Un escrito por resolver es una presentación que el tribunal recibió y todavía no provee. No aparece en el estado diario, porque el estado diario solo trae resoluciones: para verlo hay que entrar a la causa en la Oficina Judicial Virtual y abrir la pestaña «Escritos por resolver» de cada cuaderno.

Qué es un escrito por resolver

Es un escrito que ya ingresó al tribunal —una solicitud, una prórroga, una verificación de crédito— y sobre el que el tribunal todavía no dicta resolución. Cuando lo provee, la resolución sale en el estado diario y queda en la carpeta electrónica de la causa.

Por qué no aparece en el estado diario

El estado diario menciona «todas las causas en que se haya dictado resolución en aquel día» (artículo 50 del Código de Procedimiento Civil). Un escrito que el tribunal aún no provee no tiene resolución, así que no figura ahí: revisar solo el estado diario deja fuera justamente lo que sigue pendiente.

Cómo revisarlo en la Oficina Judicial Virtual

  • Busca la causa: en «Mis causas», con tu Clave Única, o en la consulta de causas, por su rol o RIT.
  • Abre el detalle de la causa y elige el cuaderno.
  • Entra a la pestaña «Escritos por resolver». En las causas laborales puede aparecer como escritos pendientes.
  • Ahí ves la fecha de ingreso, el tipo de escrito y quién lo presentó.
  • Repite en cada cuaderno: un escrito presentado en uno no aparece en los demás.

Qué mirar

La fecha de ingreso te dice cuántos días hábiles lleva el escrito sin proveer. Si uno que esperas no aparece en la lista, revisa que haya ingresado al cuaderno y a la causa que corresponden.

Si tienes muchas causas

Revisar cada cuaderno de cada causa, todos los días, toma tiempo. Folium lo hace por ti: en la ficha de cada causa ves los escritos que siguen sin resolverse y los días hábiles que llevan, y lo nuevo te llega por correo.

Cómo funciona el seguimiento de causas

Preguntas frecuentes

¿Un escrito por resolver aparece en el estado diario?

No. El estado diario solo menciona las causas con resolución dictada ese día (artículo 50 del Código de Procedimiento Civil). Mientras el tribunal no provea el escrito, hay que verlo dentro de la causa.

¿Dónde veo los escritos que presenté y siguen sin proveer?

En el detalle de la causa en la Oficina Judicial Virtual, en la pestaña «Escritos por resolver» de cada cuaderno.

¿Qué pasa cuando el tribunal lo provee?

Dicta una resolución, que sale en el estado diario y queda en la carpeta electrónica de la causa. El escrito deja de estar pendiente.