Contraloría General de la República · N° 070370N13
Dictamen N° 70.370, de 29 de octubre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 70.370 Fecha: 29-X-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 672, de 2013, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, mediante la cual se aprueba el convenio suscrito, por trato directo, con la empresa Hospiser S.A., para la contratación de los servicios de procesamiento, administración de infraestructura y comunicaciones, y de desarrollo y mantención de sistemas propios, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, cumple con señalar que, en resguardo del interés fiscal, dicho Servicio deberá arbitrar las medidas tendientes a que el proveedor efectúe el reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la especie, antes de su cobro, cuando éste procediere, en el plazo indicado en el párrafo séptimo del punto N° 8.1, del citado acuerdo de voluntades (aplica criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N°s. 69.474, de 2012 y 60.821, de 2013, de esta Entidad de Control). Por otra parte, cumple con hacer presente que la imputación presupuestaria efectuada en el resuelvo N° 5 de la resolución en análisis debe entenderse hecha al ítem que corresponda del presupuesto del año 2014, siempre que se consulten los recursos para ello y se cumplan las condiciones establecidas para el desembolso, aspectos estos últimos que se han omitido señalar. Finalmente, en lo sucesivo, ese organismo deberá velar para que en los actos administrativos como el de la especie, esto es, sujetos al control preventivo de legalidad, se consigne el imperativo final "tómese razón", lo que no se ha dispuesto en esta oportunidad. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución señalada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 070370N13, de 29 de octubre de 2013.
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