Contraloría General de la República · N° 030966N10
Dictamen N° 30.966, de 10 de junio de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 30.966 Fecha: 10-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Belisario Onofre Anguita Rodríguez, ex funcionario de Gendarmería de Chile, para solicitar se ordene a esa institución penitenciaria que le efectúe la devolución de los montos descontados por concepto de póliza de fidelidad funcionaria. Requerido su informe, el mencionado organismo manifiesta que el recurrente fue llamado a retiro absoluto con fecha 1 de mayo de 2005, manteniendo vigente una fianza por valores fiscales, por lo que para gestionar la devolución que solicita, se requiere que esa caución sea cancelada, trámite que no ha sido efectuado. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 68 de la ley N° 10.336, establece, en lo que interesa, que todo funcionario que tenga a su cargo la recaudación, administración o custodia de fondos o bienes del Estado, de cualquiera naturaleza, deberá rendir caución para asegurar el correcto cumplimiento de sus deberes y obligaciones. Enseguida, el artículo 82 del mismo texto legal, prescribe que la cancelación de una póliza corresponderá al Contralor General, previa solicitud del interesado e informe del Jefe de Servicio donde él haya actuado durante la vigencia de la garantía, trámite que, de los antecedentes tenidos a la vista, no consta que el peticionario haya efectuado. Ahora bien, en cuanto a la devolución de las primas pagadas por concepto de la referida fianza, es dable indicar que éstas, al ser convenidas entre el funcionario y la entidad aseguradora, son un elemento del convenio que corresponde sea resuelto entre las partes contratantes, tal como se informó en los dictámenes N°s 9.568, de 2009 y 18.976, de 2010, de este Organismo Fiscalizador. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 030966N10, de 10 de junio de 2010.
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