Contraloría General de la República · N° E407932N23
Dictamen N° E407932, de 23 de octubre de 2023
Sumario
La Contraloría rechaza extender el procedimiento simplificado de rendición de cuentas solicitado por la ANID, pues la alerta sanitaria que lo justificaba expiró el 31 de agosto de 2023, sin que proceda mantenerlo más allá de ese plazo.
Texto del pronunciamiento
Nº E407932 Fecha: 23-X-2023 I. Antecedentes La Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), solicita nuevamente autorización para aplicar el procedimiento simplificado autorizado en el oficio N° E222854, de 2022, de este origen, respecto de las rendiciones de cuentas recibidas desde las entidades privadas y personas naturales hasta el 30 de junio de 2024. Asimismo, requiere mantener el citado procedimiento durante el lapso que transcurra hasta la emisión del presente pronunciamiento. A su vez, reitera su solicitud de reconsideración en parte del aludido oficio N° E222854, en relación con la presentación de documentación en original de las rendiciones de cuentas, con el fin de que tales antecedentes permanezcan en poder de los receptores privados. Al respecto, señala que debido a las condiciones provocadas por la pandemia desde marzo de 2020 las rendiciones de cuentas se han presentado de forma digital a través de la plataforma que indica. Agrega, que se mantienen las dificultades de las entidades receptoras y de la ANID que permitieron la aplicación del citado procedimiento simplificado. Como cuestión previa, es del caso recordar que por el citado oficio N° E222854, de 2022, atendidas las condiciones de la pandemia, se autorizó de forma excepcional un procedimiento simplificado respecto de las rendiciones de cuentas presentadas en formato digital entre marzo de 2020 a marzo de 2022, estableciendo que la ANID debía requerir la documentación original de las referidas rendiciones y mantenerla a disposición de este Ente de Control para su respectivo examen. Luego, a través del oficio N° E387509, de 2023, se permitió extender la autorización para aplicar el procedimiento simplificado contenido en el citado dictamen N° E222854, de 2022, respecto de las rendiciones de cuentas presentadas en formato digital, entre el mes de abril de 2022 y hasta el 31 de agosto de 2023. Ello, en consideración, entre otras razones, a que la alerta sanitaria por la pandemia se mantenía vigente según el decreto N° 10, de 2023, del Ministerio de Salud. No obstante, se rechazó autorizar a los privados a mantener en su poder la documentación original de la rendición de cuentas, por cuanto en la petición de la ANID no constaban los requisitos para su aprobación, entre ellas, las medidas de resguardo a fin de asegurar que este Órgano de Control pueda acceder libremente y efectuar un completo examen de la documentación de respaldo. II. Fundamento jurídico Sobre el particular, de acuerdo con el inciso primero del artículo 85 de la ley N° 10.336, todo funcionario, persona o entidad que reciba, custodie, administre o pague haberes públicos, debe rendirle a esta Contraloría General las cuentas comprobadas de su manejo. Enseguida, el inciso primero del artículo 34 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, que Fija Normas Sobre el Procedimiento de Rendición de Cuentas, establece la posibilidad de que el Contralor General autorice a rendir cuentas a través de un procedimiento simplificado en aquellos casos cuyas excepcionales condiciones, las que deben ser acreditadas en la respectiva solicitud, impidan dar cumplimiento a lo dispuesto en esta resolución. Como se aprecia, aquellas situaciones excepcionales que impidan dar cumplimiento a dichas normas pueden justificar autorizar un procedimiento simplificado de rendición de cuentas (aplica criterio contenido en el dictamen N° E243909, de 2022). II. Análisis y conclusión Pues bien, se advierte que por el citado oficio N° E387509, de 2023, esta Contraloría General extendió una autorización excepcional a la ANID para aplicar el procedimiento simplificado contenido en el dictamen N° E222854, de 2022, dado que la alerta sanitaria por la pandemia se mantuvo vigente hasta el 31 de agosto de 2023, lo que constituyó una causal de fuerza mayor hasta esa fecha. De esta manera, se desestima el requerimiento de extender la aplicación del procedimiento simplificado manifestado por la ANID, sin que proceda mantener dicha modalidad más allá del plazo establecido. Finalmente, en cuanto a la solicitud de reconsideración que se solicita, debe estarse a lo resuelto en el citado oficio N° E387509, de 2023. Saluda atentamente a Ud., JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E407932N23, de 23 de octubre de 2023.
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