Contraloría General de la República · N° 024810N14
Dictamen N° 24.810, de 8 de abril de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 24.810 Fecha: 08-IV-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 108, de 2014, de la Tesorería General de la República, por medio de la cual se aprueba el convenio suscrito, mediante trato directo, entre esa entidad y la empresa Sistemas Oracle de Chile S.A., por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que esta Contraloría General entiende que las estipulaciones contempladas en el denominado contrato de licencia y servicios v. 032706 que se acompaña como anexo 2, no pueden restringir las facultades propias de la Administración del Estado ni traducirse en renuncias a derechos y acciones que no estén permitidos en el ordenamiento jurídico. En ese orden de ideas, y en armonía con lo previsto en la cláusula décimo séptima del contrato administrativo que se aprueba, la terminación que puede disponer el proveedor y que se consigna en la letra I del convenio contenido en el anexo aludido, debe entenderse regida por las normas generales que sobre la materia contempla la legislación chilena, y el plazo que se establece en la letra O de ese mismo acuerdo de voluntades -para que la entidad adquirente ejerza las acciones que procedan en resguardo de sus derechos-, debe entenderse referido a aquellos regulados en los preceptos legales correspondientes. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución mencionada. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 024810N14, de 8 de abril de 2014.
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