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Contraloría General de la República · N° 065744N13

Dictamen N° 65.744, de 11 de octubre de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 65.744 Fecha: 11-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Rodrigo Palape Bahamonde, funcionario de la Dirección de Presupuestos, para consultar si debe restituir un computador que le había asignado ese servicio y que fue sustraído por terceros, como asimismo si procedería que por tal situación se le hiciera un juicio de cuentas. Requerido su informe, la Directora de Presupuestos ha expresado que con el objeto de investigar los citados hechos, se realizó un sumario administrativo, cuya copia adjunta, al término del cual se dispuso el sobreseimiento del mismo, pues la pérdida no le era imputable. Agrega que la institución no ha resuelto que éste tenga la obligación de devolver el computador, dadas las conclusiones del proceso sumarial. Finalmente, respecto al juicio de cuentas, dice que no le corresponde pronunciarse, por no ser materia de su competencia. Sobre el particular, cabe señalar que son los órganos investidos de potestades jurisdiccionales los llamados a hacer efectiva la responsabilidad civil de un funcionario, derivada de la pérdida o deterioro de bienes fiscales. En este contexto, y en cuanto a si podría iniciarse un juicio de cuentas en su contra con el objeto de determinar dicha responsabilidad, es necesario manifestar que ella no podría perseguirse en este caso mediante el indicado procedimiento, toda vez que en el sumario referido se ha concluido, que no existe responsabilidad administrativa comprometida que lo afecte -lo que motivó su sobreseimiento-, y establecer aquélla, es requisito indispensable para formular el reparo pertinente, pues el fundamento legal de éste se encuentra constituido por la sanción aplicada en contra del o los servidores involucrados, tal como han sostenido, entre otros, los dictámenes N os 46.031, de 1998 y 42.605, de 2001, de este Organismo de Control. Enseguida, respecto al deber del peticionario de reponer el mencionado computador, es menester considerar que dado que a él no le asiste responsabilidad en lo que dice relación con su pérdida, no se encuentra obligado a ello. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 065744N13, de 11 de octubre de 2013.

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