Contraloría General de la República · N° E383392N23
Dictamen N° E383392, de 22 de agosto de 2023
Sumario
La Contraloría se abstiene de tomar razón de la resolución que aprueba la liquidación final del contrato, porque su monto vigente queda exento de ese trámite según la resolución N° 14 de 2022, sin perjuicio de los controles de reemplazo.
Texto del pronunciamiento
N° E383392 Fecha: 22-VIII-2023 Esta Contraloría General se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución del rubro, que aprueba liquidación final del contrato “Conserv. Rut. Y-85, Sector: Cruce Ruta 257 CH (Onaissin) Cameron Pampa Guanaco Lago Fagnano, Tramo: Río Rasmussen (Km 0,0) Río Azopardo (Km 65.000) y Cam. Ramal Lago Fagnano Caleta María, entre Km 0.000 y Km 12.960 Prov. Tierra del Fuego, Magallanes”, por cuanto atendido el monto vigente del contrato que se liquida, dicha resolución se encuentra exenta del trámite de toma de razón, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución N° 14, de 2022,de esta Entidad de Control, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedaran sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda. Al respecto, esta Contraloría General cumple con precisar que, si bien el acto que aprobó el primitivo contrato estuvo afecto a toma de razón en virtud de los montos que sobre la materia establecía una resolución diversa a la aludida precedentemente, los actos relativos a su liquidación, sólo estarán afectos a control previo de legalidad si el monto vigente de dicho contrato también se enmarca dentro de los nuevos montos afectos a toma de razón, que para los años 2023 y 2024 fueron fijados en la citada resolución Nº 14. Atendido lo expuesto, se remite adjunto el acto administrativo del epígrafe, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el artículo 22 de la resolución N° 7, de 2019, de este origen, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E383392N23, de 22 de agosto de 2023.
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