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Contraloría General de la República · N° 020273N19

Dictamen N° 20.273, de 30 de agosto de 2019

Texto del pronunciamiento

N° 20.273 Fecha: 30-VII-2019 El Gobernador Provincial de Colchagua remite una consulta efectuada por el Presidente de la Junta de Vecinos Rincón Las Ovejas, en la cual solicita que se gestione la rendición que se encuentra pendiente de los recursos provenientes del Fondo Social Presidente de la República, por un proyecto aprobado el año 2002. Al respecto, se debe señalar que mediante el dictamen N° 25.262, de 2 de mayo de 2012, se eximió de la obligación de rendir cuenta de tales fondos a los organismos receptores y ejecutores de los mismos, agregando que para los nuevos recursos que en lo sucesivo se transfieran rige plenamente la resolución que Fija Normas de Procedimiento Sobre Rendición de Cuentas y las glosas presupuestarias que sean aplicables, actualmente contenida en la resolución N° 30, de 2015, de este origen. En ese sentido, y de acuerdo con lo sostenido por el dictamen N° 368, de 2019, en la medida que a la referida junta de vecinos le hayan sido transferidos los recursos provenientes de dicho Fondo con anterioridad al primer dictamen citado -como se desprende que ocurrió en la especie-, no tiene la obligación de rendir cuenta de los mismos, por lo que no se advierte inconveniente para que pueda postular nuevamente a ser beneficiaria de los haberes públicos que integran el Fondo de que se trata. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 020273N19, de 30 de agosto de 2019.

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