Contraloría General de la República · N° 023439N16
Dictamen N° 23.439, de 29 de marzo de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 23.439 Fecha: 29-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subsecretaría de Redes Asistenciales, solicitando implementar un plan de trabajo para la incorporación de los servicios de salud e instituciones autónomas de la red salud al Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado -SIAPER-, en lo que dice relación con el trámite de toma de razón. Sobre el particular, la citada entidad pide implementar un webservice, que permita eliminar la doble digitación a través del desarrollo de la "interoperabilidad SIRH-SIAPER" alimentando a SIAPER a través de la digitación única en SIRH. En su informe, la Dirección de Presupuestos se abstuvo de emitir un pronunciamiento acerca de la petición de la aludida subsecretaría por tratarse de un asunto que no es de su competencia, agregando que en lo que atañe al ámbito presupuestario, no dispone de recursos para la contratación de los 122 cargos requeridos por aquella. Al respecto, es pertinente hacer presente que en SIAPER se han construido una serie de catálogos e índices legales que actúan sobre la base de un sistema experto, que ha sido poblado durante los últimos tres años, el que de acuerdo a dicha información propone un resultado para el trámite de toma razón, en torno a una serie de reglas de negocio programadas en el sistema. Enseguida, es necesario manifestar que el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.766, dispone, en lo que importa, que todos los organismos de la Administración deberán realizar el trámite de toma de razón de los actos administrativos en materias de personal dentro del plazo de dos años contado desde la vigencia de ese texto legal, a través del Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado (SIAPER), plataforma web de la Contraloría General. Precisado lo anterior, es dable anotar que con el fin de dar cumplimiento al indicado mandato legal, este Organismo de Control, a través de su resolución N° 7, de 2016, estableció, a contar del 11 de abril de igual anualidad, un cronograma de implementación gradual para todos los servicios públicos obligados a ello. En ese contexto, se debe hacer presente que esta Institución Fiscalizadora, con el objeto de facilitar la integración del sector salud a SIAPER, ha realizado diversos ajustes al sistema, desarrollando un modelo simplificado del mismo, el cual se caracteriza por no contener catálogos ni preguntas específicas, en donde los usuarios solo deberán completar un formulario genérico y podrán adjuntar archivos que respalden el acto administrativo de que se trate. Además, esta Entidad Contralora ha incorporado un artículo transitorio a la resolución N° 11, de 2016, de este origen -que somete al SIAPER los actos administrativos relativos a personal-, y en cuya virtud los servicios de salud podrán seguir tramitando aquellos sujetos al trámite de registro a través del mecanismo de integración entre SIRH y SIAPER, reduciendo considerablemente, de este modo, la cantidad de actos administrativos que deberían gestionarse directamente a través de SIAPER. Por otra parte, es importante destacar que, en atención al plazo previsto en la apuntada ley N° 20/66, todos los esfuerzos y recursos de este Organismo de Control están orientados a incorporar a los servicios a la plataforma SIAPER, por lo que no es posible, en el corto plazo, desarrollar un proyecto de integración en los términos solicitados por la Subsecretaría de Redes Asistenciales. Finalmente, se hace presente que con el objeto de facilitar la incorporación de los organismos de que se trata al SIAPER, esta Entidad Fiscalizadora, a través de su División de Personal de la Administración del Estado y del Centro de Informática, ha designado, además de la mesa de ayuda, agentes de seguimiento para apoyar y orientar a cada servicio de salud en la implementación de dicho sistema. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 023439N16, de 29 de marzo de 2016.
Más sobre Toma de Razón y Actos Exentos
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de mantenimiento de sistemas Legacy del Servicio de Registro Civil, con alcances: en lo sucesivo deberá indicarse el monto imputado al presupuesto del año en curso, y se corrige el monto adjudicado a 101.520 unidades de fomento.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases administrativas y anexos de la licitación para adquirir 50 equipos portátiles, con el alcance de que la entidad licitante debe precisar en el sistema que la licitación y adjudicación son de carácter simple y no por línea.
-
La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba el contrato de administración de cartera con BCI Asset Management, porque varias cláusulas no están contempladas en las bases de licitación y otras regulan incompletamente la materia, vulnerando la libre concurrencia e igualdad ante las bases.
Todos los pronunciamientos sobre Toma de Razón y Actos Exentos
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.