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Contraloría General de la República · N° 012797N16

Dictamen N° 12.797, de 17 de febrero de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 12.797 Fecha:17-II-2016 Esta Contraloría General no ha dado curso al acto administrativo del rubro, mediante el cual se aprueba el contrato celebrado mediante trato directo para el suministro del medicamento que se indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, se advierte que el plazo para efectuar el pago previsto en la cláusula sexta del convenio en examen, no se ajusta al establecido en el artículo 79 bis del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley N° 19.886. Asimismo, no se indica un tope máximo para la aplicación de multas y se omitió precisar que respecto de las resoluciones que formalicen esas medidas procederán los recursos contemplados en la ley N° 19.880, lo que vulnera lo dispuesto en el artículo 79 ter del decreto citado. En consecuencia, se representa el documento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 012797N16, de 17 de febrero de 2016.

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